¿Quién tiene la responsabilidad en la piscina de la comunidad?
Realizada por alejandro. 28 jul 2013
Querría saber si podrían solucionarme una consulta importante. Soy socorrista de la piscina de mi propia comunidad, a parte del horario laboral (12:00-21:00) abro la piscina de 10:30 a 12:00 para impartir unos cursos de natación. En caso de que ocurriese algo, ¿sería yo responsable de los hechos o sería la propia comunidad? Muchas gracias.
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Estimado señor:
La Comunidad de Propietarios sería responsable civil de cualquier hechpo doloso o culposo que ocurriera en la piscina.
Usted podría ser responsable de los hechos que ocurriera por su mala praxis, en su jornada laboral.
Atentamente,
Pedro Torres Romero
Al igual que para ser socorrista es necesario contar con un título expedido por la Federación de Salvamento Acuático de su provincia o por la Cruz Roja, para ser monitor de natación conviene contar con un título expedido por la Federación de Natación o por alguna escuela de monitores.
En cuanto a la responsabilidad, dependería de muchos factores: si se debió a la negligencia del monitor (responsabilidad del monitor) o si se debió al estado de la piscina (responsabilidad de la Comunidad). O si el accidente ocurre dando clases una persona contratada por la Comunidad sin reunir la titulación para ello, ambos podrían ser responsables solidarios.