¿Quién se queda el piso en caso de separación habiendo un hijo en común?

Realizada por T. Pons. 27 mar 2015

Hola. Tengo un piso en propiedad al que se vino mi novia hace dos años cuando se quedó embarazada. Ahora quiere dejarme y pretende quedarse a vivir en mi casa con mi hija ¿puede obligarme? No estamos casados. Gracias

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días , si no tiene otro lugar , prima la protección del menor y debe normalmente quedarse en el que fué el domicilio familiar con la persona que tiene la guarda y custodia

Lindemann & Asociados TB Abogado en Arona

39 respuestas

65 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días, la vivienda que ha constituido el domicilio familiar, se suele otorgar al menor y por extensión al progenitor que tenga la custodia.
Si el menor tiene menos de 3 años, normalmente la custodia la suelen adjudicar a la madre. No obstante, hay que estudiar cada caso en concreto y no siempre se da la misma solución a la misma situación.
Un saludo

Hinode - Maria Garcia Ibañez Abogado en Burlada/Burlata

188 respuestas

90 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Aunque no este casado, al existir un menor prima el deber de protección del mismo, por lo tanto el piso se asigna al menor y por añadidura el progenitor al que se le asigne la guarda del menor permanecerá con el en el piso.

Anónimo-181705 Abogado en Bosque (El)

96 respuestas

88 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos Días le informamos que el menor siempre debe residir con el progenitor custodio. Para que usted ejercitará ese derecho o la madre tendrán que instar demanda de relaciones paternofiliales previa redacción de convenio regulador. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos expertos en Derecho de Familia, venga vernos, estaremos encantados de atenderle.

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

En consonancia con lo contestado por mi compañero, decirle que por tanto usted debe intentar acreditar que es quien debe ostentar dicha guarda y custodia, para ello es necesario entrar a analizar la situación en profundidad, en NAVARRO&ABOGADOS somos especialistas en derecho de familia, si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros para proceder a solucionar el asunto planteado.

un cordial saludo.

NAVARRO&ABOGADOS

Anónimo-228174 Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

67 respuestas

26 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días! La regla general es que se atribuya la vivienda al progenitor al que se le atribuya la custodia.
Para ello es interesante que planteé cuanto antes una demanda para determinar la situación de guarda y custodia del menor.
Su Ud reside en comunidad autónoma en que este planteada régimen de custodia compartida puede estipularse uso vivienda para los dos progenitores.
Por otro lado el hecho de estar o no casado no influye respecto hijos/as que tienen los mismos derechos..
Como Ud. plantea el caso de no estar matrimoniado con su pareja no influye piense que el uso de la vivienda es para el menor y si este es menor se atribuye también al encargado de su custodia.
Espero haberle resuelto sus dudas..
Para mayor información le remito e invito a concertar cita con nuestro despacho..
Abogada Matgar.

Un saludo cordial.

Abogada Matgar Abogado en Valencia

44 respuestas

121 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

el domicilio familiar se atribuye a la persona con la que vive el hijo aunque no estéis casados. deberías presentar demanda de medidas paternofiliares y regular la situación con tu hija. Tienes mi despacho a tu disposición si precisas asesoramiento. saludos

Maria Prota Abogados Abogado en San Lorenzo de El Escorial

916 respuestas

757 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas