¿Quién hereda al renunciar a una herencia?

Realizada por Eva. 14 abr 2016 Herencias

El padre de mis hijos ha renunciado a su herencia. ¿Quién hereda, sus hermanos o sus hijos?

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Buenas Tardes Eva, le informamos que serán sus hijos los llamados a la herencia. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Sucesiones, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días
Debemos distinguir dependiendo de si existe o no testamento.
En el supuesto de que proceda la sucesión testamentaria, si uno de los llamados a suceder renuncia su parte, opera lo que se conoce como la sustitución vulgar (art.774 C.C "Puede el testador sustituir una o más personas al heredero o herederos instituidos para el caso en que mueran antes que él, o no quieran, o no puedan aceptar la herencia.
La sustitución simple, y sin expresión de casos, comprende los tres expresados en el párrafo anterior, a menos que el testador haya dispuesto lo contrario) y son llamados a ocupar su lugar los sustitutos vulgares , si el testador ha tenido esta previsión legal.
En caso de sucesión intestada, si el llamado a la herencia repudia su porción acrece a los demás coherederos ( art. 981 del C.C.).En este caso heredarían los hermanos.
Espero que la respuesta haya sido de sus utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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Al renunciar el padre, los hijos heredan por representación, es decir, se colocan en el lugar del padre y son ellos los que heredan su parte.
Por ejemplo, si fuesen dos los herederos (el padre de sus hijos y su hermano) heredarían estos al 50%.
Si el padre de sus hijos renuncia, entonces heredarían el hermano (50%) y sus hijos en otro 50%.

Para cualquier duda puede contactar con nosotros, un saludo.

Legis Nova Abogados Abogado en Toledo

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En primer lugar debe comprobar si el difunto dejó testamento. De haberlo, debe comprobar si el hecho de renuncia por algún heredero se establece ya en el testamento o por el contrario no lo contempla.

En el caso de no haber testamento: “Cuando alguien fallece sin haber hecho testamento o con un testamento declarado nulo, es necesario determinar quiénes son herederos. En último término, si no deja parientes, hereda el Estado o, en su caso, una Comunidad Autónoma”

El heredero puede renunciar a la herencia que le deja su padre y en la parte que le corresponde, y “a favor de sus hijos”, O bien estos pueden solicitar “su parte” al no ser aceptada por usted.

Los nietos y demás descendientes heredan por el llamado "derecho de representación" (heredan por partes iguales entre ellos, la parte que le hubiera correspondido a su padre). Esto es sin perjuicio de la cuota legal usufructuaria del cónyuge viudo (si también sobrevive).

Todo esto lleva implícito también unas obligaciones tributarias que debería conocer. Por lo que siempre es aconsejable asesorarse con profesionales.

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Buenas tardes Eva.


Si usted renuncia, sus hijos toman su lugar en la posición hereditaria.

Si lo desea puede contactar con nosotros, sin ningún compromiso, somos un despacho especializado entre otras materias, en herencias.

Saludos.

CACEF Abogado en Girona

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