¿Quién debería quedarse con nuestro hijo de 14 meses?

Realizada por lara112. 6 oct 2012

El piso es de mi pareja y lo paga él, que gana 1830 euros. Yo estoy en el paro y vivo con 812 euros en Alicante pero quiero irme a Benidorm, con mis padres. ¿Quién debería quedarse con nuestro hijo de 14 meses?

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Debe Vd. solicitar unas medidas paternofiliales solicitando guarda y custodia de su hijo menor. Aunque el piso sea propiedad del padre de su hijo, si es el domicilio familiar, puede Vd. solicitar la atribución del mismo para su hijo menor, y por ende, para Vd. como progenitora custodia. Su pareja vendría obligado a pasar una pensión de alimentos para su hijo menor, pagar la hipoteca de la vivienda, y tener una régimen de visitas para su hijo. El padre de su hijo puede solicitar igualmente la guarda y custodia, pero por edad, lo mas normal es que se la atribuyan a la madre

Josefina Santana Abogados Abogado en Badajoz

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Muchísimas gracias a todos por contestar a mi pregunta. He solicitado medidas provisionales para tener la guarda y custodia de mi hijo. Esto no es fácil: por desgracia, tengo una pareja que me degrada mucho y siempre está diciéndome cosas como "que sepas que mi padre es guardia civil". La verdad es que paso un rato muy desagradable. Con referencia al piso no lo quiero: no quiero estar cerca de esta familia que tanto daño me ha hecho.

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Deberían de decidir entre ustedes qué situación es mejor para el menor, pero con 14 meses, y estando usted en paro, parece que ese menor está más acostumbrado a estar con la madre en el tiempo, y tendrá mayor apego con ella. El régimen de custodia puede ser exclusivo para cualquiera de los progenitores, o compartida, pero teniendo en cuenta que no van a vivir en la misma localidad, parece complicada una custodia compartida.

Si usted ostentara la custodia de ese menor, el padre tendrá un régimen de visitas, y deberá abonar una pensión alimenticia para que el menor tenga un modo de vida lo más similar al que mantiene ahora.

Afede, Alianza Franco Española De Abogados De Empresa Abogado en Salamanca

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Con indepdencia del domicilio familiar, existen muchas posibildiades de que obtenga ud. la custodia por la escasa edad del hijo común. No obstante, deberá acudir al correspondiente proceso, y pedir la custodia del menor, para poder irse fuera de la localidad, de lo contrario podría suponer un incumplimiento de las obligaciones familiares y perjudicar en un futuro su solicitud de custodia.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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