¿Qué puedo hacer con la herencia?

Realizada por pepe perez. 4 jun 2015

Gracias por su ayuda y su interés antes que nada.


Expongo someramente mi preocupación.

Somos dos hermanos y hemos heredado, al fallecimiento de mis padres, una casa en conjunto con un campo adyacente de 500 mts cuadrados ajardinado. Aunque la casa forma un conjunto, mantiene las dos plantas absolutamente independientes.


Ella ha vivido casada con sus dos hijos, y lo sigue haciendo, en el bajo desde hace unos 25 años. Yo heredo el otro piso, que habitaba mi difunta madre.


Debido a circunstancias laborales, jamás he vivido en él, ni siquiera en esa ciudad. Liquidados impuestos y sin separación (segregación) de la herencia (en aquel momento era un gasto innecesario entendía el notario), dejo a mi hermana que utilice “mi” piso como mejor le convenga.

Pasados cuatro años, y agotado cierto dinero que acumulara mi madre, dice que tengo que pagar los gastos, (impuestos municipales varios y mantenimientos) del piso y la casa. El IBI sí se lo pagaba yo, es conjunto, por ser una cantidad grande y mi poder adquisitivo mayor. Eso no indica que ella viva en la indigencia, eh.

Respondo que no me parece justo (no sé si estoy acertado, el usufructo era exclusivo de ella, pero la casa de los dos). El piso está, a mi entender, sin atención. Decido hacer mejoras, y alquilarlo sin derecho al jardín.


Para no extenderme, le diré que eso trajo desavenencias varias y la pregunta a la que pretendo respuesta es la que sigue: ¿Cómo debo obrar? ¿Puedo dividir la herencia sin que ella quiera? ¿Los gastos serán a medias entre nosotros? Creo que la opción de vender en conjunto la casa, pero dada la situación del mercado inmobiliario no parece una opción… si la venta es poco favorable, es posible que ella, con esa plusvalía no pueda acceder a un piso nuevo.


Me gustaría deshacerme del piso como fuese, pues supone un distanciamiento que siempre he intentado evitar con mi hermana, aunque eso sí, sin perder demasiado en la operación. Ella siempre fue favorecida por mí y veo que nunca es suficiente…


Gracias por su colaboración.

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Buenos días. Por lo que relata, es posible que inste por la división . No obstante para facilitarle una respuesta adecuada puede contactar con nosotros para comentar más detalles de su caso.
Larrotcha y Del Campo Abogados- Madrid

Larrotcha y Del Campo Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días

En efecto, en el caso que usted describe procede lo que se conoce como una "acción de división de cosa común" en que uno de los copropietarios pide a otro que se decida por si se queda con la vivienda pagando el precio o bien se enajena el conjunto a terceros. El riesgo de pérdida entiendo que no existe porque siempre hay la preferencia, antes de que se lo quede un tercero, que se lo quede uno de los dos abonando al otro la diferencia. Otra cuestión son los gastos que puede haber tenido una de las partes, que puede reclamar para que en ese precio se deduzca lo abonado. Estamos a su disposición para cualquier aclaración que precise. Saludos

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Hola Pepe.

Si tu decisión es hacer de la vivienda una unidad independiente, inevitablemente es necesaria hacer la segregación, que es un trámite técnico y administrativo a la vez; ya que por un lado necesitarás un informe técnico que acredite las condiciones y que exprese que no hace falta obra, y luego solicitar el certificado de habitabilidad del Ayuntamiento. Una vez hecho esto se podrá realizar la división y registrarla en el Registro de la Propiedad.

De esta manera tendrás la vivienda independizada y con posibilidad de venderla.

Nosotros podemos hacerlo por un precio bastante módico, ya que gran parte de los trámites los hacemos telemáticamente.

Quedamos a tu disposición.

Atentamente,

Buen Juicio Abogado en Madrid

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