¿Qué puede pasar en un acto de conciliación entre trabajador y empresa?

Realizada por justa mª pinilla ramallo. 14 jun 2012

buenas tardes,


Mañana a las doce tenemos acto de conciliación en Palma de Mallorca, en el Tamib, por un despido de mi marido en su empresa en la que llevaba cuatro años trabajando.


No puedo pagar a un abogado para que pueda estar presente con nosotros. Lo despidieron y ni siquiera le dieron el certificado de empresa para poder ir al paro. Nos costo lo nuestro y para que le pagasen la liquidación, tuvimos que enseñarles los dientes con un burofax.


Han pagado lo que ha trabajado del mes, con anterioridad despidieron también con el mismo modus operandi, el de coger dinero del mostrador, donde cada día tiene mi marido que coger el folio con los grupos a trabajar en el campo de golf a otros compañeros de mi marido.


Estoy de los nervios porque estaremos negociando o no, con el abogado de la empresa, y mi pregunta es, ¿qué puede pasar en estos procedimientos? ¿Será fácil para nosotros enfrentarnos a esto? y ¿si no estamos de acuerdo se puede llegar a decir que lo readmitan de nuevo?


esto seria un calvario, ¡claro! Porque el despido fue de malas maneras, obligando a mi marido a echarlo del trabajo ocho horas antes de su finalización de jornada. Gracias y un saludo.

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Estimada Justa,

Sintiéndolo mucho, conteste a su mensaje el pasado día 15. Sin embargo, el soporte de este foro a debido dar fallos, puesto que como estoy comprobando ahora, mi respuesta no esta colgada.

Yo le aconsejaba, que en mismo acto de conciliación, pidiesen la suspensión de este porque iban a solicitar un abogado de oficio. Y que seguidamente, solicitasen en el juzgado el abogado de oficio.


Finalmente, desconozco lo que habrá ocurrido. Si desea consultar algo más, estaremos encantados de atenderla.

Lamento lo ocurrido,

Atentamente,
Estefanía.

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Buenas tardes,


En términos generales, el acto de conciliación es un requisito previo para la interposición de una demanda ante la jurisdicción social , y en virtud del cual también se puede llegar a una resolución del conflicto sin tener que acudir a los Juzgados.

En el acto de conciliación puede ocurrir varias cosas:

1. Que la empresa no comparezca.

2. Que la empresa comparezca y se llegue a un acuerdo.

3 Que empresa no comparezca y no se llegue a un acuerdo.


La posibilidad deu que finalmente se llegue a un acuerdo va a depender en cierto modo de si la empresa esta dispuesta a reconocer los hechos y de las condiciones que proponga. Sería totalmente recomendable que a dicho acto acudieras asesorada de un abogado, con el fin de que los intereses de tu marido este plenamente garantizados.

Si finalmente no se llega a un acuerdo, o los terminos que propone la empresa no son asumible, así se recogerá en el correspondiente acta y tendrás que interponer la demanda por despido.

Para informarte de forma más concreta sobre el asunto, sería necesario conocer todos los detalles de la relación laboral así como del despido efectuado por la empresa. Estamos a su disposición para cualquier otra duda.


Un saludo.

IR Lex Abogados.

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Estimada Justa Mª,

En un acto de conciliación lo que se pretende es llegar a un acuerdo. Aunque no tengan abogado, si ustedes tienen claras sus pretensiones y sus derechos, el acto puede ir bien.

La posibilidades que existen es que lleguen a un acuerdo, y hay se tremina todo; o que no lleguen, por lo que quedaría la vida judicial.


Mi consejo es el siguiente: si no tenéis medios económicos para pagar un abogado, solicitad en los juzgados uno de oficio. Mañana, en el acto, ante el mediador, exponer la situación y comunicarle que estáis a la espera de que os concedan o no un abogado de oficio y que por tanto, suspendan el acto de conciliación y os citen para otra fecha.


Espero haberle sido útil.

Atentamente,

Estefanía.

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