¿Qué pasa si no tengo la custodia y mi mujer cambia de ciudad?

Realizada por RAUL. 10 abr 2014

Nos divorciamos de mutuo acuerdo y mi mujer cambia de ciudad de residencia a 600 km, ¿qué puedo hacer?

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Tendría que presentar una demanda de modificación de medidas en el Juzgado que dictó la Sentencia de divorcio, alegando que la decisión unilateral de su ex cónyuge de fijar su domicilio en otra localidad distante a unos 600 kms. afecta de forma considerable al régimen de visitas que tenía fijado en la Sentencia, al impedirle cumplir lo estipulado.

El Juez tendrá que valorar si procede ese cambio de domicilio manteniendo su ex la guarda y custodia, o si debe atribuirsele a vd. la guarda y custodia en interés de los menores.

Atte.

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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Buenos días, le recomiendo que interponga URGENTEMENTE un incidente de controversia en la potestad parental y vea de detener el traslado de su ex mujer. Para ello, y para el buen fin de todo ello, hágase con los servicios de un buen abogado experto en derecho de familia. Saludos cordiales.

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Distinguido Raul,

En primer lugar hay que estar a lo que establezca el Convenio regulador, respecto de esta cuestión. En caso que no establezca nada en concreto respecto de un cambio de domicilio a esta distancia, la cual modifica sustancialmente su régimen de visitas, así como la vida del menor, Vd debería pedir judicialmente una denuncia o modificación del convenio, ya que aunque no tenga atribuida la guardia y custodia, si que ejerce conjuntamente la patria potestad sobre el mismo.

Para más información no dude en ponerse en contacto con nosotros, cordialmente.

A.M.a.s. Abogados & Asesores Abogado en Barcelona

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Estimado Raúl,

En primer lugar, tiene que ver el convenio regulador de su divorcio, por si en el mismo se previó esta situación, de forma que habrá que actuar según se contemple en el mismo. Si el convenio no dice nada, un traslado de tal distancia afecta enormemente a su relación con el menor, de forma que la decisión debe adoptarse con su consentimiento y, a falta de éste, es necesaria la autorización del Juez.

Si el traslado es inminente y quiere evitarlo debe acudir a la vía judicial, formulando un incidente de discrepancias en el ejercicio de la patria potestad. El Juez decidirá si autoriza o no el traslado en atención al interés del menor.

Otra opción (aunque mucho más lenta) es presentar una demanda de modificación de medidas.

Quedo a su disposición, un saludo.

Ana Martín | Abogada Abogado en Almería

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Buenas tardes:
Ud. tiene dos vías de actuación:
a) La primera (como medida de urgencia) es presentar un incidente de discrepancia en el ejercicio de la patria potestad ante el juzgado que dictó la sentencia de divorcio. El cambio de domicilio del menor es una cuestión inherente a la patria potestad y debe ser consensuado de mutuo acuerdo por ambos progenitores. Si su mujer quiere llevarse legalmente al menor a 600 kms. debe contar con su consentimiento o, en su defecto, recabar autorización judicial. Evidentemente, también puede hacerlo "por las bravas", dado que nadie va a a estar ahí para impedírselo si un buen día monta al menor en un avión y se marcha a esa distancia. El único escollo que tal vez pueda la madre encontrar sea la matriculación en el nuevo centro escolar, ya que este debería exigir la firma de ambos progenitores.
En resumen, Ud. debe decirle al juez que se opone a ese cambio de domicilio y centro escolar y que no los autorice. El juez oirá los argumentos de ambas partes y decidirá. Es un procedimiento muy sencillo y que se tramita con carácter preferente (pocas semanas aunque depende del juzgado).

2) Instar un procedimiento de modificación de medidas: Este es un procedimiento mucho más largo. Sería para el caso de que finalmente su ex se lleve al menor (tanto por las bravas como con autorización del juez), para que Ud. solicite un cambio de custodia o, subsidiariamente, un régimen de visitas apropiado a las nuevas distancias.

En cualquier caso, si ahora no actúa ahora, es posible que su relación con el menor se debilite o se rompa. 600 kms son muchos kilómetros.

Quedando a su disposición para mayor información,

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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