¿Qué pasa con la vivienda común cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad?

Realizada por Consultante. 21 jun 2019 Administración de fincas

Mi ex y yo tenemos una vivienda, que es propiedad de ambos. Ella vive en esa casa con nuestro hijo menor de edad. En el convenio, al respecto de la casa, sólo pone que se acuerda el no proceder por el momento a la liquidación de ese bien de la sociedad de gananciales. El resto de bienes sí se liquidó en su momento (dinero y coches principalmente).

Mi pregunta es referente al tema de la casa. ¿Qué opciones tengo de recuperar mi parte de la casa cuando nuestro hijo sea mayor de edad? ¿En qué medida puedo exigir la venta de la casa o que me compre mi parte?

Sé que hace unos años era hasta que el hijo fuera independiente económicamente, pero he leído sentencias que ahora es hasta la mayoría de edad de los menores.

Las situaciones económicas de ambos son parecidas. Ambos trabajamos y ganamos más o menos lo mismo (yo quizá un poco más), le paso a ella una pensión de alimentos por mi hijo, y yo he tenido que comprar una casa para poder vivir en ella (con hipoteca, claro). La vivienda que tenemos en común no tiene hipoteca.

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Lo importante de los hijos o es que sean mayores de edad o no, sino que sean económicamente independientes o no.

Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

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Buenas noches: Si no se ha consignado nada al respecto en el convenio o Sentencia, aunque el hijo sea mayor de edad, hay que ver el resto de circunstancias, por ejemplo, si sigue estudiando, si trabaja, no trabaja, etc., antes de ver la viabilidad de un proceso para modificar la atribución del uso y disfrute. En todo caso, la ley establece que el proceso de liquidación con respecto a ese bien puede iniciarse, si bien se paralizará hasta que esa atribución se modifique. Un saludo y suerte. J.e. Vázquez. Abogados. Sevilla.

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