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Para reclamar una deuda tiene que interponer la correspondiente demanda de juicio monitorio. Para la petición inicial no requiere de abogado y procurador pero si para interponer la demanda, teniendo en cuenta que la petición se suelo hacer conjuntamente con la interposición de la demanda, sin que implica incremento alguno en el coste que la petición la haga vd. o el que va a ser su abogado.
Lo mejor es que llame a un abogado y se asesore.
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