¿Qué gastos hay que soportar en una donación?

Realizada por M. Lago. 31 mar 2015

Buenas tardes, quisiera varias cosas.

En primer lugar quisiera saber los costes por hacer un testamento y por modificarlo.

Y por último información:

Somos varios hermanos y mi madre propietaria de un piso sindical está pensando en donarme su vivienda, ya que soy la única que no tengo ni piso ni posibilidades de tenerlo en la actualidad.

No sé cuánto le costó, los dieron en los años 60 y pagaban una cuota mensual y ya en los años 80 se pusieron en venta, mi madre pagó 486€, pero le contaba todo lo que había pagado años atrás, así que el precio real no lo sé, estimo que entre 1200 y 1800€, por decir una cantidad porque mi madre no se acuerda.

Ahora suponemos que se puede tasar más o menos por 180000€, viendo como está el mercado de la vivienda, todo es aproximado.

Y lo que quiero saber es cuántos costes tendríamos que soportar de impuestos tanto mi madre como yo con dicha donación. Porque si no podemos hacernos cargo de ellos evidentemente no podríamos llevarla a cabo.

Y en el caso de que si se pudiese hacer quisiera también un presupuesto de los costes que nos supone tramitarlo con vuestro despacho.

La vivienda está situada en Bilbao.

Gracias. Un saludo

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Buenas Tardes, le informamos que la persona que recibe una donación debe tributar por el Impuesto de Donaciones. Además, si se trata de un bien inmueble, el donatario deberá sufragar los gastos de la escritura pública; honorarios del Notario y gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad. Ahora bien, quien hace la donación también debe pagar impuestos, y su importe puede ser incluso superior al importe pagado por quien recibe la donación. La Ley del IRPF trata al donante igual que si hubiera obtenido una ganancia al venderse el bien, y por lo tanto le hace pagar impuestos por este "supuesto" beneficio. La diferencia entre el valor del bien en el momento que lo entrega y el valor de este bien en el momento que lo adquirió es lo que la Ley del IRPF denomina ganancia patrimonial o en su caso, pérdida patrimonial. Además, debería sumarse el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (la Plusvalía Municipal). Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados, estaremos encantados de atenderle, venga a vernos o escribanos, la 1ª consulta es gratuita!!!!

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