¿Qué gastos conlleva aportar un bien privativo a la sociedad de gananciales?
Realizada por Paula. 2 feb 2014
Hola. Mi marido y yo estamos casados en régimen de gananciales. Nuestra vivienda habitual es el piso que mi marido adquirió de soltero. Estamos pensando en aportar esta vivienda a la sociedad de gananciales y me gustaría saber qué opciones hay para realizar la aportación, qué gastos conlleva cada opción y, sobre todo, si está sujeto a algún impuesto.
Gracias.
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¿Y si el bien se adquirió de manera privativa 50% mi marido y 50% yo en estado de solteros y ahora queremos aportarlo a la sociedad de gananciales?
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Buenos días,
Depende de cómo la quieras aportar, si es con carácter gratuito o oneroso.
Si se realiza de forma gratuita, se entiende que lo que está realizando es una donación del 50% a favor tuyo, por lo que tendrás que liquidar ISD, no te puedo decir el coste de este impuesto, porque depende de tu comunidad de residencia y las posibles bonificaciones que se regulen.
Además tu marido tendrá una alteración patrimonial del 50% del inmueble en renta y deberá tributar en IRPF.
Si se realiza con carácter oneroso, no tributa por ISD sino por TPO, pero en este caso está exento, surgiría así un crédito de la comunidad de ganancias a favor de tu marido que se haría efectiva en el momento de la disolución (o cuando estipuleis). Y además deberá tributar en IRPF por la alteración patrimonial del 50%.
Estamos a tu completa disposición por si quieres realizar una planificación fiscal detallada del coste de la operación.