¿Qué entra dentro de la manutención?

Realizada por Bartolome. 17 sep 2015

Buenas, me estoy divorciando y en breve firmo el divorcio, incluido el acuerdo sobre nuestros hijos, en el juicio hemos quedado bueno más bien la sentencia que ha dictaminado el juez ha sido una sentencia provisional pero parece que ella está de acuerdo, se ha quedado 300 euros más la casa que son 180 total 480 más mis vacaciones porque yo trabajo en Almería y ella está en Melilla entonces no puedo ver a mis hijos los fines de semana por motivos de trabajo y la distancia pero me quedó más tiempo en vacaciones con ellos, y mi pregunta sería la siguiente ¿ tengo que pagaros libros de mis hijos y el material escolar ? O eso ya viene en la manutención? Yo este año estado casi tres meses de verano con ellos y le pasado la manutención como todos los meses y me gustaría que me resolvieran mi duda

Gracias y un saludo: mi nombre es Bartolomé

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas tardes Bartolomé,
Los libros y el material escolar se trata de un gasto previsible al que habrá que hacer frente todos los años por lo que la jurisprudencia entiende que se trata de un gasto ordinario y por tanto incluido en la pensión de alimentos.

Eva Esteban Díaz. Abogado en A Coruña.

Eva Esteban Díaz Abogado en A Coruña

3 respuestas

5 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes Bartolomé, le informamos que los libros y el material escolar se consideran gastos ordinarios y por ello deben ser incluidos en la pensión de alimentos.Para cualquier otra consulta, quedamos a su disposición. Saludos!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Salvo que expresamente conste que los libros y material escolar son considerados gastos extraordinarios y, por tanto, deben asumir su coste al 50%, mayoritariamente los Juzgados consideran que salvo pacto en contrario, los libros y material escolar es un gasto ordinario y previsible, por lo que estaría cubierto con la pensión alimenticia establecida.

En cuanto a que permanezcan sus hijos con Vd., más de un mes, informarle que sigue obligado al pago mensual de la pensión de alimentos.

Atte.

Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

2342 respuestas

3866 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas