¿Que bienes hay que declarar en separacion de bienes?

Realizada por Daniel Hernandez de Dios. 9 dic 2014

Mi novia y yo nos casamos en breve, y por motivos familiares hemos decidido hacer separacion de bienes. Se que hay que ir a un notario, pero dado que hasta la fecha nuestros horarios son un tanto draconianos, antes de ir prefiero ir informado.

-¿Que bienes hay que declarar exactamente?. Yo no poseo bienes fisicos de gran cuantia, solo la nomina, el resto son cosas como ropa u objetos de ocio por ejemplo. ¿Deben superar un valor minimo o son cierto tipo de bienes tipificados?

-Segun tengo entendido, puede hacerse tras la boda. ¿Implica alguna diferencia a hacerlo antes?

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Hola, buenos días. La separación de bienes consiste en una modificación del régimen económico matrimonial existente por defecto en España e implica que desde el momento del matrimonio los bienes que en adelante se adquieran no se presumen propiedad de ambos cónyuges al 50%, sino de quién pueda acreditar su compra. Es decir, si un cónyuge con régimen de separación de bienes adquiere una vivienda, la misma es legalmente de quién la haya adquirido y no de ambos cónyuges. No se necesita hacer ninguna declaración de bienes, ya que los bienes anteriores son propiedad del cónyuge que los haya adquirido. Y efectivamente, se puede hacer tras la boda y la única diferencia es que si una vez casados se ha adquirido algún bien antes de hacer la separación de bienes, ese bien se presume que es de ambos cónyuges. Un saludo,

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Puedes hacerlo antes o después de contraer matrimonio, los efectos que puede producir son a efectos de probar que bienes son privativos o comunes.

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