¿Puedo tomar posesión plaza por promoción interna estando de baja?

Realizada por LUIS MOLINA FUENTES. 11 ago 2015

Soy funcionario de carrera en la Junta de Andalucía del grupo C2. Por un contencioso que reclamé en una promoción interna me ha resultado favorable por sentencia del tribunal superior de justicia la adjudicación de una plaza del cuerpo c1 con efectos laborales y económicos desde el 23-04-2009.

Estoy de baja por accidente laboral en la actualidad, ¿me pueden obligar a darme el alta para la toma de posesión de esa plaza? ¿Se puede aplazar la toma?

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Su situación se corresponde con una licencia por enfermedad/baja por incapacidad temporal, por lo que el cómputo del plazo de cese sólo se iniciará cuando finalice dicha licencia. Así lo establece el artículo 51.4 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía (BOJA, núm. 8, 19 enero 2002):

“4. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde motivadamente suspender el disfrute de los mismos.”

Un saludo,

Juan Ramón Artiga
Abogado
Costa, 3, ppal. dcha
Zaragoza

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