¿Puedo tener la custodia custodia completa de mis hijas?

Realizada por Lorena. 2 may 2016 Custodia compartida

Buenas noches.

Llevo dos años separada de mi esposo, aún no me he divorciado. Vivo con otra pareja. Él, que aún es mi esposo, siempre me dijo cosas insultantes, amenazantes y aun lo sigue haciendo y yo voy a tramitar el divorcio.

Mis hijas se quisieron ir con el papa, yo llamé la policía y me dijeron que no podía hacer nada si no había una orden de un juez que las tenía que dejar ir porque él era el papa y yo tengo a las menores de 5 y 8 años pero él me amenaza que me las va a quitar y que me va a meter a la cárcel y me arma escándalos en la iglesia a donde yo voy y es apenas reciente y no sé qué hacer.

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Buenas Tardes Lorena, le informamos que debe usted instar con abogado y procurador y con convenio regulador y demanda de divorcio con medidas tales como la guarda y custodia de los menores, alimentos, etc. Si además está usted padeciendo o sufriendo algún tipo de maltrato debe denunciarlo. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia y Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días Lorena,

En primer lugar, queríamos transmitirle tranquilidad ya que, dada la edad de las hijas y los hechos que usted nos relata, es muy difícil que un Juez decida atribuirle la custodia de las hijas a su padre.

Por otro lado, señalarle que si usted desea obtener la custodia completa de sus hijas, existen dos posibilidades:

1. Plantear una demanda que verse exclusivamente sobre la guarda y custodia de las hijas menores.
2. Interponer una demanda de divorcio.

La tramitación de ambos procedimientos es idéntica y en ellos se solicitaría la atribución a usted de la guarda y custodia de sus hijas, así como la correspondiente pensión de alimentos. Destacar que, en ambos casos, puede solicitarse en la demanda que el Juez adopte como medidas provisionales la atribución a usted de la guarda y custodia de sus hijas y la pensión de alimentos para, de esta forma, no tener que esperar a que se dicte Sentencia.

La principal diferencia entre ambos procedimientos radica en que con la Sentencia de divorcio se extinguiría el vínculo matrimonial entre usted y el padre de sus hijas, mientras que con la Sentencia de guarda y custodia, dicho vínculo subsistiría.

Esperamos haberle ayudado. Reciba un cordial saludo.

González Rodríguez & Asociados Abogado en Madrid

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Buenas tardes Lorena,

Para darle una respuesta más clara tendría que disponer de mayor información. Pero sí puede solicitar la custodia de sus hijas.

En cualquier caso es conveniente que se asesore con un Abogado de su confianza y en la demanda de divorcio se expondrá todo lo que solicite, y luego su cónyuge hará lo mismo en su contestación a la demanda. Luego el Juez decidirá lo que crea sea más beneficioso para las menores.

Quedo a su disposición,
Marina (Abogada de Madrid).

De Bem Abogados Abogado en Madrid

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