¿Puedo solicitar la patria potestad de mi hija de 3 años?
Realizada por vanessa. 29 ene 2013
En mayo de 2012 solicité la guardia y custodia de mi hija, desde entonces el padre no pasa la manutención, diciendo que no trabaja. Él vive en Barcelona y yo me trasladé a un pueblo de Albacete. Desde ese día solo la vio en verano 15 días, y desde que me separé solo la llamó el día del cumpleaños de mi hija, no llama ni se preocupa por ella, no tiene bienes que se puedan embargar para costear los atrasos,... Mi pregunta es: si él no se hace cargo de ella, ni llama, y solo una vez al año, ¿puedo solicitar la patria potestad? Me parece injusto que no se haga cargo de ella... ni tan solo llamarla, y tenga que dejar que se la lleve en verano, siendo un drama para la niña porque prácticamente no lo conoce, mi hija tiene ahora tres años.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Efectivamente, Vd. puede solicitar que le quiten la patria potestad al padre. Si necesita asesoramiento contáctenos a nuestro correo electrónico.
Estimada Vanessa:
La patria potestad ya la tiene, compartida con su marido, y no la puede ostentar, salvo causas reguladas legalmente, en exclusiva para usted.
Lo que puede intentar es una modificación del régimen de visitas a la vista de lo acontecido.
También debería ejecutar la sentencia donde se regulen las visitas para que su marido lo cumpla.
Cualquier consulta puede contactar con nosotros.
Taillafert Baños Abogados- Sevilla
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Dispone el Artículo 170 del código civil:
El padre o la madre podrán ser privados total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
Los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación.
Ello implica que podrías, en tu condición de madre de la menor, ejercitar acción judicial en aras a privar al padre de la patria potestad, lo cual tiene una fuerte carga probatoria, ya que habría que acreditar la falta de cumplimiento casi total de las obligaciones del progenitor al cual se quiere privar de la patria potestad sobre su hija. Quedamos a su plena disposición.