¿Puedo solicitar la custodia compartida de mi hijo de 5 años?

Realizada por Edu. 24 mar 2016 Custodia compartida

¿Puedo solicitar la custodia compartida de mi hijo de 5 años, al que siempre yo he mantenido y ella nada?

No hay un convenio regulador por medio, haría falta o haría falta algún documento que indicase que he mantenido yo exclusivamente a nuestro hijo.

Estaría interesado en la custodia compartida o en su caso obviamente yo más días que la otra parte.

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Buenos días
En la actualidad hay una tendencia judicial a establecer el régimen de custodia compartida.
Si en su caso no hay ningún régimen establecido, deberán o bien presentar un convenio regulador de común acuerdo, para que sea aprobado y ratificado por el juez, o bien solicitarlo al juez de manera individual si no hay acuerdo para que el juez decida ( contencioso).
Las medidas relativas a la guarda y custodia de los menores se adoptarán teniendo en cuenta el interés de éstos.
Para la presentación de la demanda necesitará de la asistencia de abogado y procurador, elija un profesional de su confianza que le asesorará convenientemente.
Espero que la respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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Los jueces determinan el sistema de custodia en base a lo que mas beneficia al menor. En general se entiende que lo mas beneficioso para el menor es la custodia compartida. Si es posible consensuar con la madre este sistema perfecto, sino ella se opone busque un profesional especialista en la materia y sométalo a la decisión del Juez.

González Laviada Abogados Abogado en Oviedo

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Buenas Tardes Edu, le informamos que usted esta en su derecho de solicitar la guarda y custodia del menor, y para ello deberá instar demanda de modificación de medidas si ella la ostentaba antes o existía sentencia dictada que se la otorgara a la madre. Si estaban casados deben presentar demanda de divorcio con medidas o si no lo estaban demanda de relaciones paternofiliales ante los Juzgados de Familia adjuntando convenio regulador a la demanda. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Hola, Buenos días;
Hay legislaciones forales en España que ya se admite, como norma general, la custodia compartida, desde que se estableció como tal en Aragón.
En cuanto al derecho civil común, se está ampliando este concepto en el sentido de ser, cada vez, más admitido. Desde luego, habría que establecer un convenio de mutuo acuerdo entre ambas partes o, en caso de discrepancias, entablar una demanda contenciosa para conseguir la custodia compartida.
En caso de estar interesado, puede contactar con nosotros y le asesoraremos a tal fin.
Un saludo

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Buenos días, sí puede solicitar la custodia compartida, debe hacerse a través de un procedimiento judicial ante el Juzgado de Familia de la localidad en la que viva, para acreditar que usted se ha hecho cargo de todos los gastos de su hijo deberá aportar recibos de transferencias bancarias, de pagos en tiendas, etc y es importante que lo pueda acreditar de alguna manera. Quedo a su disposición, este despacho hace un descuento del 30% a los clientes que llegan a través de esta página. Un cordial saludo

Concepción Núñez Despacho Jurídico Abogado en Madrid

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Buenas noches.
Puedes solicitar la custodia compartida. Los Jueces la están aceptando cuando es posible por las circunstancias de los padres y siempre que sea beneficioso para el hijo. Habría que iniciar las acciones legales correspondientes para que se establezcan las medidas que regulen vuestra situación y entre ellas, la custodia compartida. Quedo a tu disposición si te decides a hacerlo.

Díaz y Alarcón Abogados Abogado en Las Torres de Cotillas

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Cada vez se solicitan y se autorizan mas custodias compartidas, por lo poco que usted nos cuenta no le vemos problema. Si desea consultarnos o solicitar una visita, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Holmes AG Barcelona Abogado en Barcelona

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Buenos días,
A falta de convenio regulador o sentencia anterior, tendría que interponer demanda contenciosa, para el supuesto de falta de acuerdo entre las partes, o demanda de mutuo acuerdo, si existe dicho acuerdo plasmado en un convenio regulador.
La custodia compartida consiste en un reparto igualitario de las estancias del menor, puede ser semanal, mensual, bimensual....
A día de hoy los tribunales son partidarios de la misma en interés del hijo, salvo que exista conflicto entre los progenitores, y es más, las últimas sentencias del Tribunal Supremo determinan que es el régimen preferente.
Un saludo.

Dolores Otero Rodríguez Abogado en Vigo

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Desde luego que sí, habrá que intentar un acuerdo amistoso o si no, una demanda contenciosa donde se pida la custodia compartida, o a su favor, y se regulen todos los aspectos que se refieran al menor.

Quedamos a su disposición para tramitárselo.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

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Hola buenos días
Si no tienen ningún tipo de regulación legal anterior al respecto debe instar una demanda contenciosa o de mutuo acuerdo proponiendo la guarda y custodia entre otras medidas y subsidiariamente un régimen de visitas lo más amplio posible si no se la conceden, salvo que le concediesen a usted la exclusiva y al otro progenitor el régimen de visitas.

El convenio regulador se aporta en el caso de que sea de mutuo acuerdo, junto con una demanda con abogado y procurador.

Es importante que pruebe que usted se ha hecho cargo del menor pero más que en el sentido económico lo que va a valorar un juez es del cuidado y atención del menor.

Está habiendo muchas sentencias y cambios legislativos a favor de la custodia compartida cuando es favorable para los menores. Puede contactar con este despacho para que le asesoremos.

Un saludo

Nereida Diez Santaeufemia Abogado en Bilbao

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Buenos días,

haría falta un convenio regulador y fijar las medidas relacionadas con el menor. si lo desea podemos asesorarle.

Barquin de Cozar Abogados Abogado en Barcelona

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Sí, hace falta un convenio regulador aceptado por el Juez.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

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Estimado señor:
Deben firmar un convenio regulador en el que se prevé la guarda y custodia, entre otras cuestiones. Después debe someterse a aprobación judicial. En Kaiss Abogados le informemos más ampliamente si lo desea. Reciba un cordial saludo.

Kaiss Abogados Abogado en Sevilla

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Buenos días,
Habría que ver el convenio regulador vigente y considerar las diferencias con la situación actual para poder comenzar una modificación de medidas y aumentar el tiempo que su hijo pasa con usted.
Si necesita más información puede contactar con este despacho.
Gracias, un saludo

Abogado Pérez Valenzuela Abogado en Cabra

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Si, es posible solicitar una modificación, para ello habría que considerar la situación en la que se encontraban al momento de hacer el convenio y la situación actual de ambos.
Si quiere puede ponerse en contacto sin compromiso alguno y le asesoramos.
Un cordial saludo.
FH ABOGADO.

Fernández Huguet Abogado Abogado en Zaragoza

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