¿Puedo pedir a la madre que cuando venga mi hijo traiga la ropa?
Realizada por Javier. 30 ago 2012
Buenos días,
en mi convenio quedó pactado que yo pago el colegio, comedor, gastos escolares, uniforme escolar, etc; y en julio y agosto que no hay colegio, tengo que darle 200€. Ella gana más que yo. Yo trabajo en el campo y tengo otro hijo. Le pido que traiga la ropa y me dice que la compre yo, y así llevo haciendo 5 años pero estoy pasando un mal momento económico. Por ley, ¿puedo exigir que el niño traiga la ropa de su casa materna? O, si no, ¿puedo descontar los gastos de ropa de la pensión de julio y agosto? Gracias por su ayuda.
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Estimado Joaquín: Tendríamos que leer el Convenio Regulador para darle una respuesta más concreta, pero en principio y tal y como Vd. lo plantea, consideramos que puede perfectamente exigir que la madre le mande al niño con la ropa correspondiente. Si es la madre quien tiene la guarda y custodia del menor, la ropa del mismo debe estar en el domicilio de la madre y por tanto debe enviarle al niño, lo días que a VD. le corresponda visita, con la ropa correspondiente. Quedamos a su disposición en nuestro despacho. Atentamente, Elejabeitia Abogados.
Y en el caso de que el padre no pague la pensión, ¿también hay que llevarle la ropa? Mi ex lleva 8 meses sin pagarme y en cambio me exige ropa (y no le sirve cualquiera, quiere que la niña vaya con vestidos bonitos) y yo a duras penas puedo comprarle ropa para diario.
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Buenas tardes. Primero de todo deberíamos ver su convenio regulador. De todas formas, el progenitor custodio (en este caso su ex mujer) tiene la obligación de facilitarle ropa para todo el periodo que tenga que estar con usted el/la menor.
En ningún caso podrá descontar el importe de la pensión por comprarle usted ropa o estar con usted los periodos vacacionales. Si lo hace corre el riesgo que su ex mujer o ex pareja le inste una ejecución de sentencia por impago de alimentos y le aseguro que le darían la razón a ella.
No dude en consultarnos todo aquello que desee. Tenemos despachos en el centro de Sabadell, Barcelona y Madrid.
La pensión de alimentos que Ud. abona incluye manutención, vestido, calzado, etc. , por lo que en principio efectivamente la ropa está incluida, y podría solicitar en ejecución de Sentencia que se requiriera a la madre en tal sentido. No obstante, por lo que nos relata entendemos que el asunto de fondo es la existencia de un cambio en las circusntancias qeu se tuvieron en cuenta a la hora de establecer la pensión, por lo que resultaría más conveniente para Ud. iniciar un proceso de modificación de medidas, solicitando una reducción en la pensión de alimentos en atención a las circunstancias concurrentes.