¡Puedo pasar menos pensión si la madre está sin localizar?

Realizada por David. 12 dic 2012

Me llamo David, tengo 31 años, y les escribo para realizar una consulta relativa a mis opciones legales respecto a una posible modificación del régimen económico de la Pensión de Manutención que tengo con la hija de mi ex-mujer.


Estoy divorciado desde el año 2008 y pago una pensión de 261€ mensuales, siendo mi sueldo actual de unos 980€ mensuales, aproximadamente. Soy Empleado del Estado (militar) por lo que tengo el sueldo congelado, a lo que hay que sumar los “ajustes” salariales efectuados por el gobierno que afectan a los empleados del Sector Público, como la reducción del 5% en los sueldos o la supresión de la Extra de Navidad, además de los gastos del divorcio, a los cuales sigo haciendo frente.


Señalar que no soy el padre biológico solo el legal por Sentencia Judicial. Desde el año 2007 no sé nada de ella ni conozco a la niña. Mi madre ha intentado entablar contacto con ella a través de Internet (Facebook) y por carta sin recibir respuesta alguna. No sabemos nada ni de mi ex mujer ni de la niña.



Me interesaría que me informaran sobre cuál es mi situación acerca de la pensión que entrego cada mes a mi ex mujer y, sobre todo, si tengo derecho a reclamar, con el objetivo de pagar menos cantidad de dinero mensualmente, o sobre qué pasaría si me veo en la necesidad de no pagar la pensión para hacer frente a otras necesidades.


Gracias por su atención y reciba un saludo.

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Son varias cosas las que puede o debe hacer, en primer lugar y en relación con la reducción de la pensión, debe instar un procedimiento de modificación de medidas demostrando que su salario o condiciones económicas se han deteriorado. Por otro lado debe denunciar los incumplimientos del convenio que se estén dando, como no poder ver a la menor o no saber donde se encuentran.

Alfonso Abeijon Martinez, Abogado Abogado en Guadalajara

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Buenos días,
El hecho de que su ex mujer no le permita ver a la niña, o que ambas estén en ignorado paradero, no le exime de tener que pagar la pensión alimenticia. Tampoco le exime el hecho de que no sea su hija biológica, ya que el Código Civil equipara en derechos y obligaciones a los hijos biológicos y no biológicos. Si usted no atiende al pago de la pensión de alimentos, por atender a otros pagos, su ex mujer probablemente le reclamará civilmente el pago de la pensión, e incluso puede acudir a la vía penal en determinados supuestos. Para instar la modificación de medidas con viabilidad, debe acreditarse que ha habido un cambio sustancial es sus circunstancias económicas respecto a las que usted tenía a fecha de la Sentencia en la que se fijó la pensión. Para cualquier ampliación o aclaración, estaremos encantados de atenderle.

Lexpim Associats Abogado en Barcelona

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Deberá iniciar un proceso de modificación de medidas solicitando reducción de la pensión en atención a las circunstancias relatadas.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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Para reducir el importe de la pensión que debe pagar, a lo cual tiene derecho, debe acudir al Juez y solicitar esta reducción a través de un procedimiento judicial de modificación de medidas (en concreto, la medida que fija el importe de la pensión). Para más información quedo a su entera disposición.

Abogado Jorge Zamora Valle Abogado en Badalona

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