¿Puedo oponerme a ejecución de sentencia de pensión de alimentos?

Realizada por jose. 2 nov 2012

Mi hija cumplió 18 y deje de pasar la pensión de alimentos, pues en sentencia me condenan a pagar a la hija "menor" del matrimonio, (aparte de que ella trabaja, esta comprometida desde hace un par de años y vivió fuera de la vivienda familiar y no quiere saber nada de mi excepto los 500€/mes).


Mi situación es que he estado pagando religiosamente aun habiendo tenido ingresos mensuales por debajo de la pensión e incluso sin ingresos, actualmente estoy en periodo de pruebas con 900€/mes. La madre ha pedido la ejecución de sentencia más intereses y mi pregunta es si puedo tener alguna posibilidad.


Muchas gracias


P.S: Es la misma jueza que ordenó embargos del 100% de mis ingresos por no pagar la totalidad de la cuota de una vivienda privativa, de un préstamo ganancial, de la pensión compensatoria y me adjudicó el vehículo privativo de mi ex por sumar los pagos a la pensión de alimentos.

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Estimado José.

No le ampara a usted ninguno de los supuestos que contempla la ley para oponerse. Es usted deudor de todas las pensiones no abonadas hasta nueva sentencia, por tanto, lo que le aconsejo es que, cuanto antes, presente en el Juzgado una modificación de medidas.

Un saludo.

Nuevo García Abogadas Abogado en Madrid

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No hay causa de oposición, puesto que lo que se puede alegar como oposición artículo 696 LECrim serían:
- Un error en el calculo de la cantidad reclamada (no es su caso).
- La extinción de la garantía o de la obligación (no es su caso).
Por tanto cualquier causa que alegara distinta a estas provocaría la no admisión a trámite de la ejecución, por lo que es mejor que no se oponga.
Lo que si podría hacer desde este momento es presentar una demanda de modificación de medidas donde explique la situación suya personal y la de su hija, pues probablemente le reduzcan la pensión de alimentos o se la quiten, depende de las circunstancias.

Saludos,

Ana López Giráldez Abogada Abogado en Santiago de Compostela

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Por lo que ud relata no existiría motivo de oposición pues están tasados por ley y no corresponden en principio con la situación, lo que tendría que hacer es instar un proceso de modificación de medidas para solicitar la reducción o supresión de la pensión alimenticia de su hija.

Asesores Legales Alcalá 59 Abogado en Madrid

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