¿Puedo negarle a mi ex pareja ver a mis hijos?

Realizada por Alejandra jaimes. 7 jun 2016 Custodia compartida

Vivimos en unión libre por cuatro años. Yo tenía un niño y durante nuestro noviazgo tuvimos otro niño. Ahora él se fue de la casa porque ya andaba con otra persona. Él me da un apoyo económico cada semana y ahora me exige ver a los niños él solo, sin mi supervisión, pero cuando vivíamos juntos jamás les prestó la atención que necesitaban y nunca tuvo tiempo para ellos. Incluso ahora jamás se toma la molestia de marcar y preguntar si están bien o si necesitan algo pero solo el día de su descanso me pide que se los preste para llevárselos y el resto de la semana es feliz con su nueva pareja y el hijo de ella.

Yo no quiero que vea a mis hijos ya que se esconde de ellos y cuando lo vemos hace que no los ve, ¿qué puedo hacer?

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Creo que debe pedir una cita con un abogado de su confianza para que la asesore integralmente y, después, proceder a realizar las demandas (ejecución de sentencia, modificación de medidas, abandono de familia, etc,) que sean oportunas.

Somos especialistas. Contacte con nosotros y nos ocuparemos de todo. Saludos cordiales.

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Buenas Tardes Alejandra, le informamos que si existe sentencia de medidas paternofiliales y se han dado cambios sustanciales deberá instar demanda de modificación de medidas siempre teniendo en cuenta el interés del menor (PPIO FAVOR MINORIS). Si no existe deberá instar demanda de relaciones paternofiliales solicitando guarda y custodia, pensión de alimentos, visitas. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia y Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Su situación será distinta dependiendo del supuesto en el que se halle.
Si los hijos están reconocidos por su ex-pareja y tiene reguladas medidas respecto de la guarda y custodia de los mismos, deberá solicitar una modificación de las medidas para restringirlas en su caso y/u obligarle a pagar la pensión de alimentos que en su caso se acordase.
Sino tiene reguladas las medidas relativas a la guarda y custodia y quiere que estén reguladas, debe instar el procedimiento para ello, así podrá exigirle el pago de la pensión de alimentos y también se establecerá un régimen de visitas, entre otras medidas.
Sino tiene reguladas las medidas y su ex-pareja no se lo exige, no tendrá derecho a visitarlos.

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Buenos días
Su situación será distinta dependiendo del supuesto en el que se halle.
Si los hijos están reconocidos por su ex-pareja y tiene reguladas medidas respecto de la guarda y custodia de los mismos, deberá solicitar una modificación de las medidas para restringirlas en su caso y/u obligarle a pagar la pensión de alimentos que en su caso se acordase.
Sino tiene reguladas las medidas relativas a la guarda y custodia y quiere que estén reguladas, debe instar el procedimiento para ello, así podrá exigirle el pago de la pensión de alimentos y también se establecerá un régimen de visitas, entre otras medidas.
Sino tiene reguladas las medidas y su ex-pareja no se lo exige, no tendrá derecho a visitarlos.
Espero que la respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

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