Buenas tardes. Comento mi caso: yo desde hace 4 años tengo un acuerdo con el padre de mi hijo, en el cual la custodia la tengo yo y la patria potestad los dos. Hay meses que no me paga la manutención, y los gastos extraordinarios me hago cargo yo y él me lo va dando cuando quiere. Tuvimos un altercado en el que agredió ami actual pareja. En el cual ganamos el juicio. Llevos años que mi pareja y ha conseguido plaza en Andalucía. ¿Podría llevarme a mi hijo conmigo?
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Estimada Pepa:
Para llevar a cabo sus intenciones, usted debe interponer una demanda de modificación de medidas.
Quedamos a su disposición para ampliar la información, en nuestro despacho somos especialistas en Derecho de Familia. Saludos.
Estimada consultante:
Si el padre no autoriza el cambio de domicilio del menor, tendrá que acudir al juzgado. Hay dos vías: el incidente de discrepancia en el ejercicio de la patria potestad y el procedimiento de modificación de medidas. El primero es bastante rápido, sencillo y económico. Ahora bien, si el cambio de domicilio va a afectar necesariamente al régimen de visitas, además aunque con posterioridad, tendría que tramitar la modificación de medidas.
Quedo a su disposición para mayor asesoramiento sin compromiso.
Saludos cordiales.