¿Puedo ir a la cárcel por una deuda con hacienda de 25000,00 €?

Realizada por eliezer. 28 nov 2016 Derecho Fiscal

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenas Tardes Eliezer, le informamos que siempre que la cuantía no sea de 120.000 E sería infracción tributaria administrativa y podría conllevar embargo de bienes. Si fuera de 120.000 E sería delito fiscal y por ello con peña privativa de libertad. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Penal, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

El Código Penal solo prevé penas de prisión para delitos fiscales por una cuantía que exceda de 120.000€ (arts. 305 y siguientes).
Jiménez Álvarez Abogados

Josefina Jiménez, Abogada Abogado en Madrid

207 respuestas

81 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

No, en todo caso sería una infracción administrativa por la que Hacienda podría multarte, pero no un delito. Para que fuese un delito el importe defraudado tendría que ser superior a 120.000 euros conforme a lo previsto en el artículo 305 del Código Penal, concretamente la pena podría ser la siguiente: "prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía".

Manuel Ángel Cruz Acosta Abogado en Arafo

17 respuestas

5 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días.
Si tiene una deuda de 25.000 euros, es una deuda administrativa, por tanto le podrán embargar bienes (cuentas bancarias, inmuebles, etc), pero no irá a la cárcel ya que para ello es necesario que haya cometido un delito, lo que supone que haya defraudado a Hacienda por más de 120.000 euros, que en este caso no es.
Puede ocurrir que la deuda provenga de una falsedad documental o estafa u otro delito semejante, en este supuesto también. Pero si es solo por no haber ingresado esa cantidad por cualquier concepto, debe estar tranquilo.
un saludo.

Francisco Javier Ortega Moreno Abogado en Bailén

82 respuestas

37 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Derecho Fiscal

Ver más abogados especializados en Derecho Fiscal

Otras consultas sobre Derecho Fiscal

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas