¿Puedo impedir que mi ex viva con su nueva pareja en el domicilio de los niños?

Realizada por Andrés Muñoz Bermudo. 9 jun 2016 Abogados divorcios

Me he divorciado recientemente mediante un proceso contencioso que terminó en mutuo acuerdo. Hay 2 hijos menores de los que tenemos la custodia compartida por semanas alternas. En el domicilio familiar viven los niños y somos los padres los que entramos y salimos de la vivienda (casa nido).

Poco después de la sentencia de divorcio mi ex mujer está introduciendo en la casa de los niños a su nueva pareja en presencia de mis hijos, en la semana que convive ella con los niños, que todavía están asimilando el proceso de separación. ¿Podría hacer algo al respecto para evitar que la nueva pareja de mi ex mujer conviva en el domicilio de los niños?

Ya que no tengo más remedio que compartir la vivienda con mi ex, pero no quiero hacerlo con su nueva pareja.

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Buenos días Andrés:
No puede impedirlo ya que su mujer es libre de convivir con quien quiera.
un saludo,

Josefina Jiménez, Abogada Abogado en Madrid

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Estimado Andrés, las custodias compartidas con modalidad de casa nido son problemáticas de por sí máxime si los cónyuges no tienen buena relación. Perop como dice la compañera, ha de primar el interés del menor y algunos jueces intentan evitar con esta solución el "síndrome de maleta" a que se somete en otro caso al menor.
El problema, a parte del coste económico es el de las relaciones "de convivencia" en el domicilio familiar con el exconyuge, uso de cocina, baño, dormitorio...es complejo y fuente de problemas. Sin olvidar el hecho de la problemática de tener una nueva relación e incluso hijos y que una semana viva en otro lugar esa persona.
El art. 96 del Código Civil (Cc), dispone que el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario “corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden”.
Me inclino por pensar como mi colega Graciela, que es incompatible el interés del menor con el hecho de que el cónyuge incorpore en el domicilio familiar a una nueva pareja que por otro lado si la modalidad c.c. fuera la de que los niños son los que salen y van al domicilio del padre o de la madre, se encontrarían con que el progenitor, en este caso, tiene una nueva pareja.
Hombre parece que el sentido común manda que son los padres son los que han de velar por el bienestar emocional de sus hijos y ver en qué momento se han de compatiblizar esas situaciones.
Yo te diria que hables con tu expareja y valorar cómo esa situación afecta a vuestros hijos y llegar a un acuerdo, porque sino me parece que es una situación incompatible con el interés del menor.
Un cordial saludo

Pinilla & Abogados Abogado en Bilbao

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Estimado Andrés:

Discrepo de la opinión de mi compañero. Su ex mujer es libre de convivir con quien quiera, pero hay que tener en cuenta primordialmente el bienestar de los niños. En la casa nido han de vivir siempre los niños y alternarse los padres, dudo mucho que en las medidas que se han adoptado para su caso particular, se permita la pernocta de la pareja de su ex mujer.

Recuerde que siempre prima el interés del menor. Si considera que en algo a este respecto les está perjudicando, no dude en instar una modificación de medidas. Recordar que incluso en ese año, el Tribunal Supremo no se ha mostrado partidario de las casas nido en casos de custodia compartida.

Quedo a su disposición para cuantas cuestiones quisiere plantearme.

Reciba un cordial saludo,

Graciela Rodríguez Abogado en Santa Cruz de la Palma

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