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Buenas tardes:
Depende de lo que a Ud. se refiera con consumir drogas. No será tenido en cuenta del mismo modo un consumo esporádico que uno cotidiano y delante de los niños.
No nos indica si Uds. tienen o no regulada su situación judicialmente. Si ya tienen una sentencia, podría tratar de plantear una modificación de medidas, alegando el consumo de drogas. En función de la gravedad del consumo, puede restringirse o incluso llegar a suprimirse el régimen de visitas. También podría privarse al padre de la patria potestad si el consumo es tal que implica una dejación grave de sus deberes como padre.
Si, en cambio, no tienen sentencia, debe plantear una demanda con solicitud de medidas provisionales, en las que solicite la adopción de las que Ud. entienda necesarias, aportando toda la prueba que esté a su alcance y pidiendo al juzgado la obtención de aquella que no lo esté.
En ambos casos, precisará un abogado y un procurador.
Saludos cordiales.
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2 respuestas
Usted puede solicitar la modificación de medidas ante el Juzgado. Para ello precisa abogado y procurador. Si le interesa se lo podemos llevar.
Un saludo.
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Buenas tardes.
Usted altruistamente no podrá privar al otro progenitor de las visitas, ya que ello deberá acordarse en resolución judicial.
Le recomiendo que contacte con un abogado de su localidad para iniciar las acciones legales oportunas a fin de hacerse usted con la custodia y proteger al menor.
Un saludo.
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