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Es que estoy en paro y no tengo manera de pagar la deuda. no puedo, ¿y si con los intereses y demora algún día llego a 120.000 euros, puedo entrar en prisión?
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3 respuestas
Puesto que la cuantía que cita no es la de la conducta típica constitutiva de delito, sería una multa administrativa, por tanto, no entraría en la cárcel ya que no excede la cantidad de 120.000 euros y no se sigue en via penal.
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En España no existe ningún delito que permita una condena de prisión por deudas, por tanto, no es posible que por esa deuda ingrese en prisión.
Atte.
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Comete un delito contra la Hacienda Pública, quien defraude, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros.
La pena prevista en este caso es de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía.
Por tanto, en su caso la cuantía no alcanza la establecida como constitutiva de delito, por lo que, el procedimiento a seguir sería administrativo y no penal.
Atte.
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