¿Puedo emanciparme y pedir pensión a mis padres?

Realizada por Joana. 7 sep 2013

Hola.

Tengo 16 años, mi madre me maltrata psicológicamente. Me explico: desde muy pequeña sufro acoso escolar y mi madre siempre me ha echado a mi la culpa de ello, aparte de las culpas del divorcio de mis padres. Ella tiende a estar depresiva y las paga conmigo insultándome y gritándome. Ella va al psiquiatra pero mis problemas se agrandan al no encontrar apoyo ni dentro ni fuera de la familia.

La situación la había soportado hasta ahora pero desde hace un año pienso en la emancipación ya que todo esto me está afectando psicológicamente y me dan ataques de ansiedad porque he llegado a creerme lo que me dice. Aparte de mas problemas que tengo con ella... ¿Podría pedir la emancipación y solicitar una pensión?

Gracias de antemano.

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Buenos días,

En el caso que nos cuentas pueden darse dos posibilidades, pues nos cuentas que tus padres están divorciados.

En estos casos, lo primero que hará el juez es solicitar que un psicólogo te evalúe, para ver si efectivamente el hecho de convivir con tu madre te está afectando, y por tanto retirarle la guarda y custodia tuya. Así como que determine el psicólogo si sería buena idea que vayas a vivir con tu padre o que vayas a vivir sola. Tras ello, puede ocurrir que el juez en lugar de concederte la emancipación (y mirando por tu bien) le otorgue tu custodia a tu padre, y vayas a vivir con él.

Por tanto, te recomiendo que hables con algún familiar tuyo con el que tengas confianza para que sea él quien te ayude a encontrar la mejor opción para tu futuro.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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Buenos días.
Nuestro Código Civil es muy claro al respecto. Se produce la emancipación del menor de 18 años:
1º.- Por matrimonio. Creo que no es tu caso.
2º.- Por concesión judicial. Para ello un juez puede concederla cuando lo solicite el menor que ya cuente con más de 16 años de edad, en los siguientes casos:
2.1.- Quien ejerce la patria potestad se ha casado otra vez o convive de hecho con otra persona.
2.2.- Cuando los padres vivan separados.
2.3.- Cuando concurra alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.

El juez tendrá en consideración tu futuro a partir de la emancipación con lo que, si no cuentas con unos ingresos mínimos como para mantenerte por tu cuenta será muy complejo que te la concedan, derivando el asunto a una cuestión familiar y sopesando otras alternativas.

Toda vez que te he informado de las posibilidades deberás valorarlas y, si tienes alguna duda estamos a tu disposición.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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