¿Puedo denunciar por daños físicos al caerme un pedazo de fachada?

Realizada por Fernando Lobaco. 17 jun 2014

Hola, escribo desde Barcelona, España, el viernes pasado caminando por la calle recibí un golpe en la cabeza que me provocó una herida y me comenzó a salir mucha sangre, al tratar de llegar a mi casa y viendo que la sangre era mucha busqué ayuda de la policía, los cuales me asistieron y llamaron a una ambulancia, la policía miró en la calle que me había golpeado y me informó que fue una podrá de una fachada de un edificio, fui llevado al hospital donde me dieron 5 puntos en la cabeza, al día siguiente fui a denunciar con la policía donde me tomaron mi declaración y me aconsejaron que buscara asesoría de un abogado para poner una denuncia civil, me gustaría saber a dónde tengo que acudir para poner esta denuncia.

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Buenas tardes:
Dependerá de quién es el titular del inmueble del que se desprendió la piedra que le causó la lesión.

Si es un inmueble público, deberá proceder a interponer una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el organismo que ostente la titularidad (Ayuntamiento, Consejería, etc...).

Si es un inmueble privado, deberá proceder a presentar una demanda civil contra el titular o titulares del mismo. En este caso, si el importe de la reclamación supera los 2.000 €, precisará abogado y procurador, además de aportar un informe médico pericial donde se evalúen las lesiones y/o secuelas.

Si no sabe si el inmueble es público o privado, lo primero que tendrá que hacer es averiguarlo. Puede acudir al Registro de la Propiedad o simplemente preguntar un poco por la zona para una primera toma de contacto con el asunto.

Quedando a su disposición,

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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Buenas tardes Fernando.
Una vez interpuesta la denuncia, puede interponer una demanda civil que se orienta a que usted sea resarcido y compensado por los gastos causados.
Para interponer la demanda precisa de abogado y procurador, por lo que deberá contratar a uno. Si no dispone de medios, puede solicitar un abogado de oficio, para lo cual deberá dirigirse al Colegio de Abogados de Barcelona.
Si lo desea puede contactar conmigo para ampliar la información y de esa manera poderla aconsejar mejor e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Tiene que acudir a un abogado de Barcelona. Lleve los partes médicos y cualquier otra documentación que tenga. Tendrá que poner una demanda de responsabilidad por los daños sufridos.Lo más probable es que el seguro comunitario del edificio donde se le cayó un trozo de la fachada, cubra la responsabilidad civil e incluso todo o parte de los gastos de su abogado, por defensa jurídica, si su abogado y dicha comunidad no llegan a un acuerdo extrajudicial.

Lorca Pérez Abogados Abogado en Caravaca de la Cruz

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Buenos días.

Debería acudir a un abogado de Barcelona para que interponga una demanda civil contra la comunidad de propietarios por los daños ocasionados.
No obstante, antes de interponer dicha demanda lo mejor será que el abogado contacte con la comunidad de propietarios y den parte al seguro de ésta, quizás se solucione y le indemnicen extrajudicialmente.

Reciba un cordial saludo.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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Buenos días:

Puede denunciar las lesiones y daños ante el Juzgado y de ese modo ser asistido por un Médico Forense. Una vez que estén los daños curador, se puede reclamar contra la Comunidad, aseguradora, etc. Hay q ver el atestado que hizo la Policía.

La denuncia debería estar formulada por un profesional del Derecho.

Un saludo.

Gonzalez&León Abogados Abogado en Madrid

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Como tal, no se trata de una denuncia, sino de una demanda. Necesitará abogado y procurador así como el informe de un especialista médico experto en valoración del daño corporal para poder valorar la cuantía de la indemnización.
Quedamos a su disposición.

José Ignacio Guerrero Suárez - SILCA ABOGADOS Abogado en Sevilla

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Buenos días,

Tiene usted que ejercitar la "acción civil", no es una denuncia como la que puso ante los Mossos. Ha de promover demanda civil firmada por Abogado y Procurador en reclamación de la indemnización que conforme a la Ley le corresponda por las lesiones
sufridas. Saludos.

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Buenos días. Lo que usted llama "denuncia civil", es una demanda, va firmada por abogado y procurador. Efectivamente tiene usted que ejercitar la acción civil para obtener la indemnización que le corresponda. Saludos.

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Buenos días:

debe acudir a un abogado con una copia de la denuncia y del informe médico. La Comunidad es responsable de los daños provocados y deberá indemnizarle. Póngase en contacto con este despacho si lo desea y le informaremos.
gracias,

Abogado Pérez Valenzuela Abogado en Cabra

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Estimado Fernando,

Si efectivamente la herida se la ha producido un trozo de fachada, la Comunidad de Propietarios y su Compañía de Seguros podrían ser responsables. Toda reclamación pasa por acreditar que efectivamente ha sido un desprendimiento de una fachada y que el mismo se ha producido por una deficiente conservación de la misma.

Para iniciar reclamación le aconsejo los servicios de un abogado.

Saludos desde Cádiz, España.

Alejandro Zambrano García-Raez Abogado en San Fernando

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Buenas tardes. No hay "denuncias civiles": hay demandas civiles y denuncias penales. Usted puede escoger entre dos vías: una demanda civil por daños derivados de culpa extracontractual contra la propiedad del inmueble (en su caso, comunidad de propietarios), y una denuncia penal ante el Juzgado de Guardia o los Mossos d'Esquadra, de la que tal vez pueda derivarse un procedimiento penal que dé lugar a una pieza de responsabilidad civil. Para lo primero (demanda civil) necesitará valerse de Abogado y Procurador; para lo segundo, cuyo resultado es mucho más incierto porque no está nada claro que los hechos constituyan delito, no será imprescindible, aunque sí aconsejable la intervención de Abogado.

Los procedimientos civiles, dentro de la lentitud de los órganos judiciales, suelen tramitarse con más agilidad que los penales, y es la fórmula que le recomendaríamos para obtener una indemnización, sin perjuicio de que en el curso del proceso se pueda intentar negociar con la propiedad del inmueble o con su Compañía de Seguros. En todo caso le recomendamos que se provea de cuanta documentación pueda acreditar el hecho y sus circunstancias, así como las lesiones y su gravedad (atestado policial, parte médico, etc.).

Quedamos a su disposición para ampliarle esta información en una entrevista en nuestro despacho, para lo que puede llamarnos a fin de concertar una cita.

Cordialmente,

Andreu & Castañón, Advocats Abogado en Barcelona

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Buenas tardes:

Puede interponer una reclamación civil por daños extracontractuales frente a la comunidad del edificio mal conservado.

Bermúdez&Asociados Abogado en Lugo

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