¿Puedo demandar por ruidos vecinales?

Realizada por Marga. 19 jun 2013

Me gustaría saber si puedo interponer una demanda por vía penal a mi vecino de abajo por ruidos, nosotros después de 5 meses de sufrimiento nos hemos ido de alquiler, a su vez alquilamos el piso y el inquilino ha durado mes y medio. Los niños de este no dormían y estaban cayendo enfermos. Después de reiteradas llamadas a la policía nos dicen que no pueden actuar por falta de legislación municipal. Y en mi caso tomo ansiolíticos desde que en septiembre de 2012 empezó el problema

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Buenos días, aconsejo una demanda declarativa ordinaria en ejercicio acumulado de las acciones de cesación, prevista en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal, y de responsabilidad extracontractual por daños, prevista en el artículo 1902 del Código Civil, pues en el mejor de los casos puede llegar a obtenerse la resolución contractual, si la hubiere, o la privación definitiva del uso de la vivienda. Aconsejo asesoramiento profesional.
Gracias, saludos.

LBO Abogados Abogado en Sevilla

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Buenos días,
Efectivamente en la mayoría de las Comunidades Autónomas existe normativa medioambiental en la que se regulan los ruidos, no pudiendo estos superar los decibelios máximos permitidos a determinadas horas (normalmente desde las 12 de la noche a las 7 u 8 de la mañana). En ese caso, podrías denunciar ante medioambiente y que fueran a tu casa a medir los decibelios que producen los ruidos del vecino. En caso de que esos decibelios sobrepasen el máximo admitido, tu vecino estará obligado a dejar de hacerlos o a insonorizar de forma apropiada su vivienda.
Además, será sancionado por ese exceso de ruidos.

Por otra parte, una vez que tengas la medición de decibelios que traspase la normativa, y junto a un informe psicológico, podrías solicitar una indemnización por daños morales.

Quedamos a tu disposición para cualquier duda o consulta, así como para llevar el tema su quieres. Un saludo.

Jennifer Alarcón Abogada Abogado en Hellín

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