¿Puedo demandar O.D.S.D. al club Universitario estando en proceso concursal?
Posteriormente, con la sentencia fundada, ¿qué hago?
Posteriormente, con la sentencia fundada, ¿qué hago?
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Si tiene una sentencia judicial debería comunicar el crédito reconocido en ella en el Juzgado de lo Mercantil que lleve el concurso del club. Para ello tiene un plazo desde la publicación del Auto de declaración de Concurso, ignoro si esta en plazo o no para que sea calificado el crédito con acorde a la ley, si lo comunica fuera de plazo se entenderá que el crédito es subordinado, no obstante, mejor que sea subordinado a que no aparezca en el concurso.
Esperamos haberle servido de ayuda, estamos a su entera disposición para este asunto o cualquier otro que se le suscite.
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