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En absoluto. Podría denunciarle por realización arbitraria del propio derecho.
Lo que debe hacer es pagar sus deudas y compromisos y exigir cobrar las suyas por otro procedimiento, según lo que sea y la cantidad que le deba le recomendaría una u otra cosa.
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2 respuestas
Rotundamente NO. Las pensiones de alimentos no son compensables. Si ella le debe dinero deberá reclamárselo por el procedimiento oportuno pero jamás puede compensar la deuda con la pensión de alimentos. Si lo hace, corre el riesgo que su ex pareja o ex mujer pueda instar contra usted ejecución de sentencia o incluso denunciarle por impago de alimentos.
Cordialmente,
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Buenos días,
Usted sigue teniendo la obligación de cumplir con el pago de la manutención. El dinero que ella le debe lo tendrá que reclamar en otro procedimiento.
Quedamos a su disposición si necesitara de nuestros servicios para tramitar su reclamación.
Un saludo.
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