¿Puedo actualizar la pensión por alimentos según mi sueldo?
Realizada por Luis Z.. 3 ene 2013
Hola,
Tengo que actualizar la pensión por alimentos de acuerdo al IPC, pero este año la subida del IPC será del 2,9% y la subida de mi sueldo según el convenio de mi empresa será del 0,5%.
¿Puedo aplicar a la pensión una subida del 0,5%?
Gracias
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Para actualizar la pensión debe Ud. aplicar el IPC. Otra cuestión es que disminuya su poder adquisitivo, lo cual legitimaría una modificación de medidas (en un procedimiento judicial). Sin embargo, lo que Ud. plantea no tiene entidad suficiente para considerarse una modificación sustancial de las circunstancias tenidas en cuenta al tiempo de establecerse las medidas, que es el presupuesto legal que legitima el cambio de las mismas.
La Sentencia debe marcar los criterios para la actualización de la pensión, y, si no dice nada, se aplica automáticamente el IPC. Ahora bien, si su sueldo no se actualiza en la misma proporción, lo que puede hacer es pedir la modificación de esa Sentencia. Para cualquier aclaración quedo a su entera disposición.
La pensión hay que actualiarla según lo pactado en convenio regulador o dictado en sentencia judicial, ahora bien, si esta situación de aumento de sueldo por debajo del IPC se repite varios años podias solicitar una modificación de medidas, pero sin todas las garantias de que prosperase tu petición.
Sí, pero mejor informar su ex pareja de la novedad o sea de la subida de solo el 0,5% de su sueldo.
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Tiene que estar a lo que se diga en la sentencia o convenio. Si se dice IPC tendrá que actualizar la pensión conforme a ese índice.
Para realizar una modificación en el, convenio tendría que presentar una demanda de modificación de medidas.
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No, la actualización de la pensión de alimentos se basa, salvo que la Sentencia en que se fija disponga otra coss, en la actualización del IPC. Ahora bien, si su sueldo no aumenta del mismo modo, puede usted pedir que se reduzca la pensión de alimentos o que se reduzca el baremo de actualización. Para ello deberá usted interesar la modificación de la Sentencia. Quedo a su disposición por si precisa cualquier otra aclaración o presupuesto para realizar dicha gestión.
La pensión de alimentos fijada en la Sentencia no se ajusta en proporción al aumento o disminución del salario del obligado a satisfacerla, sino que si así consta en su Sentencia deberá ser actualizada anualmente, en la cuantía en que aumente o disminuya el coste de la vida, según el índice de precios al consumo a tenor de las publicaciones oficiales del INE u organismo que lo sustituya.