Realizada por Margarira Fernandez Arriero. 5 ago 2013
En el testamento le desheredan porque según dicen el 19 de marzo del 1997 no saldó la deuda aunque él fue devolviendo a su padre algo de dinero y le ha desheredado por completo, en total fueron 10 millones de pesetas y el patrimonio la última vez que se valoró fue de 110 millones de pesetas, ¿tienen derecho a no dejarle la legítima? Un saludo, Marga.
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Buenas tardes.
Dos artículos clave respecto a su consulta:
Artículo 849. La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.
Artículo 850. La prueba de ser cierta la causa de la desheredación corresponderá a los herederos del testador si el desheredado la negare.
Así las cosas es posible desheredar a un hijo si están bien explicados los motivos y corresponderá a los herederos demostrar esos motivos si el que ha sido privado de herencia lo niega.
Los padres pueden desheredar a un hijo por causas tasadas en el código civil, Articulo 756, una deuda no es motivo suficiente para desheredar a un hijo, otra cosa es que consideren que ya recibió su parte de la herencia en vida( la parte de la legitima) y que no le correspode más, habria que ver que pone exactamente el testamento.