Estoy a punto de que me embarguen supuestamente mis bienes de casa porque dinero no tengo, mi pregunta es: tengo posibilidad de tener un barecito y trabajarlo, ¿podrían embargármelo?
Espero me expliquen qué puede pasar.
Gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
En otro portal hizo la misma consulta. Ya le comenté que si constituye una sociedad, pueden embargarle las participaciones. Por otro lado, maquinaria, mobiliario, cuentas a su nombre... pueden ser embargadas (cosa distinta es la ejecución de algunos de esos embargos para sacarlos a subasta si con ello se pone en riesgo la actividad, que con una buena estrategia jurídica podría neutralizarse en tanto mejora la situación). El local como es alquilado no pueden embargarlo, pero podrían embargar la actividad y los derechos propios de traspaso, salvo que no esté a su nombre. Si está a nombre de la sociedad, no podrán embargarlo. Le comenté que debe ponerse en manos de un profesional que gestione con calma cada uno de los pasos a seguir y comprobar sus circunstancias. Le dejé también mi correo electrónico. Una gestión inadecuada puede provocar una apariencia de alzamiento de bienes y verse inmerso en un proceso penal. Estas consultas gratuitas son útiles para algún aspecto puntual. Su situación requiere de un enfoque personalizado y adecuado a sus circunstancias.
Si el embargo se produce contra usted como persona física responderá con todo su patrimonio presente y futuro de la deuda. Así las cosas el ingreso que se genere de su negocio, así como los bienes que en él se encuentren, si está a su nombre y actúa pues como autónomo, podrán ser embargados en atención a satisfacer la ejecución de la que es deudor.
Puede contactar con nosotros a fin de evitar esta situación y estudiar posibles soluciones una vez ampliada la información de su problema.
Son susceptibles de embargo todos los bienes y derechos de los que sea titular, por tanto, en el caso expuesto sería susceptible de embargo tanto la caja del establecimiento, como la maquinaria y demás muebles y efectos integrantes del bar.