¿Pueden echarme del piso como si fuera una ocupa?

Realizada por miriam. 28 ene 2017 Administración de fincas

El 31 de diciembre del 2016 se nos acabó el contrato del piso de alquiler donde estamos. Hablamos con el propietario y acordamos renovar, a dia de hoy aun no nos ha hecho el nuevo contrato y nosotros seguimos pagando cada mensualidad. Que puedo hacer? pueden echarme del piso? de cara a lo legal es como si estuviera ocupándolo? necesito ayuda por favor.

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Conforme al Código Civil, estaríamos ante un caso de tácita reconducción, que provoca el nacimiento de nuevo contrato de las mismas características del anterior e igual duración. Para que pueda darse la tácita reconducción han de cumplirse dos requisitos:
1)Que al terminar el contrato de arrendamiento primitivo el arrendador no realice comunicación alguna al inquilino anunciandole la finalización del contrato y su deseo de na continuar con la relación arrendaticia.
2)Que, además de lo anterior, el inquilino continúe disfrutando un mínimo de quince días del inmueble arrendado.

Por tanto, no, no pueden echarle. Ahora bien, para su mayor tranquilidad, le recomiendo envíe un burofax al arrendador comunicando el artículo del Código Civil en base al que considera la tácita reconducción. Si desea que nos encarguemos de la redacción y envío del burofax a un módico precio, no dude en contactar.
Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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