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Fabián,
Sí pueden despedirte. Este caso es una de las tantas leyendas laborales.
Lo que no pueden es hacerlo POR CAUSA de la baja. Así que lo harán por causas económicas, productivas, organizativas... o extinguirán el contrato temporal porque se acabó el plazo, se acabó la obra o servicio, terminaron las circunstancias de la producción, etc, etc.
Vamos, que poder, pueden.
Óscar Fernández Solar
FernándezSolar.Abogados
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4 respuestas
Buenas Tardes Fabián, en relación con su consulta le informamos que estando de baja puede ser despedido, otra cosa es que sea improcedente. Si desea que valoremos su caso con detalle o le representemos, en Grech Abogados nos movemos a nivel nacional, escribanos o venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
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Buenas tardes
Pueden despedirle, pero el despido puede ser procedente, improcedente o incluso nulo, dependiendo del caso concreto.
Cuando le entreguen la carta de despido, puede reclamar si no esta conforme, pero hay un pazo de 20 días para interponer la demanda, por lo que es conveniente que se asesore de un abogado de su confianza
Si desea asesoramiento puede ponerse en contacto con nuestro despacho
Carmen abogada de Málaga
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Buenos dias Fabián:
Con tan pocos detalles solo puedo darle una respuesta general
En principio una empresa SI puede despedir a un trabajador que se encuentra en periodo de baja. Pero este despido será considerado IMPROCEDENTE y por tanto dará derecho al trabajador a la indemnizacion correspondiente. EXCEPCION : BAJA MATERNAL.
Quedamos a su disposicion por si desea una consulta mas detallada de su situacion.
Un saludo
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Buenos días Fabián,
En principio no podrían, pero habría que ver las causas alegadas en la carta de despido.
Podemos encargarnos de todo el procedimiento y de brindarle un asesoramiento personalizado.
Visite nuestra web y redes sociales si desea conocernos.
Un saludo,
Departamento Procesal
Dolorier & Asociados Abogados
Madrid
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