Tengo un contrato por obra y servicio y me han mandado un burofax diciendo que me despiden, ¿eso es correcto? ¿Cuánto me tienen que indemnizar? ¿Tengo que solicitar el paro o me seguirá pagando la mutua mientras esté de baja? Gracias
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El hecho de estar de baja por enfermedad o accidente no impide que un trabajador pueda ver finalizado su contrato de trabajo. Lo que no puede hacer la empresa es aprovecharse de esta circunstancia para despedir al trabajador, a menos que las bajas, o mejor, las faltas de asistencia al trabajo, sean muy repetidas por distintas causas y exista un alto índice de absentismo al trabajo en la plantilla de la empresa. Una baja de larga duración no justifica la extinción del contrato por sí misma.
La mayoría de las veces los llamados contratos temporales son contratos indefinidos enmascarados, y la extinción da lugar a una indemnización que puede ser importante. Contacte personalmente con nosotros o con un abogado de su localidad y muéstrele el contrato firmado.
Por supuesto usted puede ser despedido mientras está de baja médica, siempre que el motivo del despido esté justificado y este no sea precisamente por su situación de baja.
Mientras está en esta situación le seguirá pagando la mutua hasta que reciba el alta, momento en el que deberá solicitar la prestación por desempleo si le corresponde tal derecho.