Buenos días. En los últimos meses he pagado el 50% de la pensión a mi ex mujer por que no podía más. Sin embargo ella me ha denunciado y sigue haciéndolo cada mes por impago.
Solo lo hace por fastidiar y por ello quiero saber si puedo hacer algo. Gracias
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Y si, como es el caso de mi hermano, no puede hacer frente al pago de 500€ mensuales cuando no cobra ni 400 y cuando los cobra, y aun así la jueza se niega a la modificación de medidas, y si además de ser los dos hijos de 23 y 24 años uno trabajando hace más de dos años y el otro ni estudia ni trabaja y aun así la jueza ignora todo eso, hasta el punto de meterle seis meses de cárcel como así ha ocurrido y está actualmente en prisión, ¿a quién recurrimos?
Es que según hemos visto que es esta jueza, hasta seguramente le obligue a pagar a pesar de estar en la cárcel. Sinceramente, estamos convencidos de que la jueza es una feminista y va a castigar a mi hermano, como así está haciendo.
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El impago de pensiones durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos puede ser delito si se dispone de medios para hace frente a dicho pago. Si viene abonado el 50% de la pensión y sus ingresos no le permiten abonar la totalidad deberá acreditarlo en el juicio a través de su abogado.
Si su situación económica ha variado sustancialmente y de forma permanente desde que se fijo la pensión debería solicitar la reducción de la misma a través de una modificación de medidas.
Pascual Alquézar. Abogado Tarragona.
El cumplimiento parcial del pago de la pensión alimenticia no supone en sí mismo que nos encontremos ante el hecho delictivo del art. 227.1 CP Es decir, para apreciar que se ha cometido el delito debe valorarse cada caso de forma concreta en función de las circunstancias concurrentes, teniendo en cuenta el importe total de la pensión y lo pagado por el denunciado. Así se pronunció la STS de 13 de febrero de 2001, determinando, además, que ni todo abono parcial de la deuda conduce a la atipicidad de la conducta, ni ésta se convierte en delictiva cuando lo insatisfecho es de tan escasa importancia en relación con lo pagado que resulta irrelevante para integrar el delito.
Desde aquí le recomendamos se ponga en manos de un abogado en evitación de complicaciones.
A su disposición en Estudio Jurídico Empresarial.
Buenos Días, le informamos que si usted ha sido denunciado por impago de alimentos se abrirá un proceso penal por el art. 227 del C.P. Además debido a su situación, deberá presentar demanda de modificación de medidas en vía civil. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos especialistas en Derecho Penal y Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle.
Buenos Días, le informamos que si usted es denunciado por impago de alimentos, deberá presentar demanda de modificación de medidas y además representarle un abogado, ya que tendrá procedimiento penal por el art. 227. Si desea que valoremos su caso, en Grech Abogados somos especialistas en Derecho Penal y Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle.
Ella le puede denunciar por todos los meses que siga sin pagar, también por vía civil puede ejecutar la Sentencia y le pueden embargar nómina, saldo cuentas corrientes, etc, para cubrir lo debido. Nuestro consejo es que, si no puede pagar, solicite al Juez una reducción de la pensión de alimentos. Para ello debe presentar una Demanda de modificación y necesitaría abogado. Somos un despacho de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición. V.VIVANCOS-ABOGADOS.
Buenos Días, le informamos que si le denuncia por impago de alimentos tendrá que instar en vía civil demanda de modificacion de medidas justificando que su situación de ha modificado de forma sustancial. Si desea que valoremos su caso. En Grech Abogados, somos especialistas en Penal y Familia, estaremos encantados de atenderle, venga a vernos!!!!
Su ex mujer puede presentar denuncia cada vez que usted no paga la pensión de alimentos reconocida a su favor. Por ello, lo que debe hacer sin demora es presentar una demanda de modificación de medidas alegando incapacidad de hacer frente al pago en cuestión debido al cambio de su situación económica (extremo que deberá probar). Como despacho de abogados de Manacor, quedamos a su disposición.
Efectivamente, la ley ampara a su ex mujer para denunciarle cada vez que exista un retraso en el pago de la pensión.
Si no puede hacer frente al importe de la pensión que fue fijada en su día, porque ha cambiado su situación económica, debería instar una modificación de medidas, para que le rebajen el importe de la pensión, y poder hacer frente a la misma.
De este modo evitaría, las continuas denuncias de su ex mujer y las consecuencias legales que las mismas llevan aparejada.
Le aconsejamos que regularice la situación lo antes posible.
Si lo desea estaremos encantados de poder ayudarle. Reciba un cordial saludo
ella puede presentar todas las denuncias que desee le recomiendo que si su situación económica hace imposible el pago inste una modificación de medidas solicitando la rebaja de la misma ya que si no continuara haciéndolo. saludos