¿Puede utilizar la vivienda una vez liquidado el régimen ganancial en usufructo?
Estoy en Illes Balears. Firmé un convenio de mutuo acuerdo en el que fijaba una pensión compensatoria y le dejaba la vivienda para vivir sin marcar plazos. Estoy casado en gananciales. He intentado modificar hace un mes el convenio y el juez reitera la pensión compensatoria y en cuanto a la vivienda dice que no es el procedimiento. Mi único hijo ya era mayor de edad en el momento del divorcio y hace unos meses vive conmigo.
La pregunta es si aun liquidando el régimen ganancial por vía judicial podrían sentenciar que se venda pero con ella en usufructo, es decir, con carga. Gracias