¿Puede tener el padre custodia compartida?

Realizada por mari. 29 sep 2013

Hola, tengo 18 años de Utrera y una niña con 20 meses. El padre de mi hija la reconoció como suya al nacer ya que aun estaba con él y le puso su apellido pero no éramos pareja de hecho ni nada… Lo dejé con él por muchos motivos pero uno de ellos que me maltrataba (cosa que no hay denuncia ni puedo demostrar). Lo dejé con él cuando la niña tenía 7 meses a raíz de separarme de él me vine a Huelva con mi tutora legal (por el hecho de que no tengo padres) él en esos 4 meses que estuve en Huelva vino a verla 3 veces, nunca dio manutención ni nada y los que preguntaban por la niña eran sus abuelos por parte paterno. Me volví a donde yo vivía porque la cosa estaba más tranquila ya que me fui a Huelva porque tenía muchos problemas con mi ex (a cuenta de nuestra hija y mi vida personal que no me dejaba). Volví y la veía siempre que él y sus abuelos querían, al poco tiempo mi ex se fue a Málaga, y ha estado 4 meses allí, y vino 2 veces a verla mientras yo la he dejado ver siempre que querían sus abuelos, el hecho de que se fuera a Málaga fue por problemas que estábamos teniendo. A principios de agosto volvió a Utrera y vino con una pareja, la cual ya tiene un hijo (con quien también he tenido problemas por sms de amenazas y más). A partir de su regreso a Utrera fue todo peor ya que he tenido muchos problemas y ahora me he venido a vivir a Huelva y quiero la custodia de mi hija.

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Buenos días Mari,

No puede seguir estando a la espera y a disposición del padre de la menor cuando él quiera verla y sin recibir pensión de alimentos a favor de la menor. Es por este motivo, que le aconsejamos que interponga una demanda de guarda y custodia para solicitar la guarda y custodia para usted o, si lo prefieren, la compartida y, la fijación de una pensión de alimentos.

Este procedimiento pueden hacerlo de mutuo acuerdo o de manera contenciosa. El primero, es más económico, rápido y menos conflictivo para las partes.

Nos ofrecemos para, en su caso, negociar el convenio regulador entre los dos y presentar la demanda de guarda y custodia de mutuo acuerdo.

Estamos a su disposición.

Saludos cordiales.

M&S Despacho Jurídico Abogado en Vigo

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