¿Puede ser despido improcedente que te jubilen obligatoriamente a los 65?
Realizada por Olmo. 27 sep 2013
Con la reforma laboral que en DA o DT dice que lo regulado en los convenios colectivos de jubilarse obligatoriamente a los 65 que queda sin efecto ¿puede considerarse despido improcedente si la empresa no te permite continuar trabajando después de los 65 años?
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Buenas tardes.
No es obligatorio jubilarse a los 65 años. La jubilación es un derecho del trabajador, no una obligación.
Además, debo indicarle, que desde el 14 de Agosto de 2012 el Consejo de Ministros acordó prohibir las cláusulas que establecieran una edad de jubilación obligatoria en los Convenios Colectivos.
Así las cosas cabe demanda por improcedencia de despido.
No puede obligarse a nadie a jubilarse obligatoriamente por cumplir una edad, a no ser que la empresa cumpla estrictamente con una serie de requisitos sobre creación de empleo y se prevea así en el convenio colectivo.