¿Puede reclamar el casero el pago de factura de diciembre si llega en febrero?

Realizada por francisco. 20 dic 2012

Me vence el contrato de alquiler donde vivo el 29 de diciembre. No le he dicho al casero que me voy con un mes de antelación y por consecuencia se queda la fianza por incumplimiento de contrato. En febrero, cuando yo ya no vivo en la casa y habiéndose quedado con la fianza, tiene que llegar la factura de la luz de noviembre y diciembre, ¿Me puede reclamar el casero el pago de esa factura o no tengo que pagar porque se ha quedado la fianza?

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Si consta así en el contrato de arrendamiento le corresponderá abonar el pago de los recibos por suministros de servicios durante el tiempo que ocupó la vivienda, independientemente de que la fianza se aplicará como penalización por el incumplimiento.

Atte.,
Despacho de Abogados
Guzmán & Cubero

Despacho de Abogados Guzmán & Cubero Abogado en Madrid

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