¿Puede mi hijo arrendar mi vivienda a su nombre, sin que aparezca mi nombre?

Realizada por Jorge. 12 feb 2014

Y si no me pagan ¿quién puede denunciar al juzgado: mi hijo (arrendador) o yo (propietario)?

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días:

Si Ud. es propietario en exclusiva de la vivienda y su hijo no tiene ningún derecho sobre la misma (ni propiedad, ni usufructo), la única manera de que legalmente su hijo pueda firmar un contrato de arrendamiento en su nombre sería que Ud. le otorgara un poder en tal sentido.
De tal manera que, aunque a todos los efectos Ud. sería el arrendador, su hijo actuaría en su nombre en todo lo relacionado con el contrato, tanto su firma como, en caso de incumplimiento, podría instar las acciones judiciales que le asistieran.

En todo caso, su nombre tendría que figurar en el contrato, por ser el arrendador.

Si va a otorgarle un poder, verifique detenidamente antes de firmarlo que se contienen únicamente aquellas facultades que Ud. quiere transferirle a su hijo.

Esperando haberle sido de utilidad,

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

1272 respuestas

1918 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas, nuevamente:

Disconforme con el compañero anterior: quien da en arrendamiento por definición es el arrendador, lo que sucede es que arrendador puede serlo tanto el propietario como el usufructuario, a lo que ya se había aludido en nuestra respuesta anterior.

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

1272 respuestas

1918 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Sí se puede. Quien da en arrendamiento es quien tiene el uso y disfrute, que no tiene por qué corresponder con la figura del arrendador. Un saludo.

Anónimo-3715 Abogado en Madrid

7 respuestas

18 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas