¿Puede la seguridad social embargar los bienes de mi piso en alquiler?
Tengo un piso alquilado a mi nombre y por problemas de una deuda de 3.900 euros a la seguridad social he recibido una carta en la que me dan una fecha concreta para proceder al embargo de todo lo que esté a mi propiedad.
Mi pregunta es si pueden embargar todo lo que poseo en el piso aunque este no sea de mi propiedad, ¿pueden llevarse posesiones que estén a mi nombre o solo intentarán que haga lo posible por pagar la deuda? Sino puedo pagarlo, ¿me quitarán los ingresos del banco o directamente procederán al embargo? ¿Se puede embargar sin proceder a un juicio anteriormente?
Tengo entendido que, mientras seas inquilino de un piso y no su propietario, no pueden embargarte nada del interior, ya que, a efectos, nada te pertenece.
Espero que puedan resolver mis dudas. Gracias de antemano y un saludo.