Prueba de paternidad negativa

Realizada por Pedro. 31 mar 2016 Pensión alimenticia

Hola,


Hace 5 años que estoy pasando una manutención a la madre de una niña que ella dice que es mía. Finalmente realicé las pruebas de paternidad, y no soy el padre de la niña... ¿Qué hago en este caso? La mujer me ha estafado por 5 años... ¿Cómo procedo judicialmente?


Pedro

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Buenos días
Debe proceder a impugnar la paternidad que tiene reconocida para lo que dispone del plazo de un año desde que conoció el error o el vicio en el consentimiento.
Respecto de la reclamación a su ex-mujer de las cantidades que usted ha abonad como indebidas para alimentos, la jurisprudencia suele entender que en el momento en que fueron satisfechos eran debidos. hay una sentencia del Tribunal Supremo de 24//04/2015 significativa en esta materia.
Le recomendarías que buscase a un abogado de confianza en su caso para que le asesore, según las particularidades de su caso.
Espero que la respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro articular, reciba un saludo.

Jorge Muñoz Consultores S.L.P Abogado en Valencia

444 respuestas

951 votos positivos

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes Pedro, le informamos que debe impugnar la paternidad desde el momento en el que lo ha descubierto y en ese caso podrá reclamar las cantidades adeudadas y si no es el padre no tiene obligación de seguir abonando la pensión de alimentos. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Lo primero sería necesario saber si ud ha estado pagando en virtud de un convenio o de forma voluntaria sin obligación legal, y si tiene o no reconocido al menor. Si no es así (ni reconocimiento ni convenio) no tiene ninguna obligación de seguir pagando. De hecho nunca la tuvo. Y, en este caso la reclamación de las cantidades entregadas sería un proceso algo más complicado, por la voluntariedad de las aportaciones (no sé si puede demostrar que las hizo)

Si sí existe reconocimiento y convenio, deberá impugnarlo judicialmente a la vista de las pruebas de paternidad, y, en ese caso, reclamar las cantidades indebidamente pagadas.

Nos ponemos a su disposición para tramitar lo que sea necesario. Saludos cordiales.

SdeY Abogados Abogado en Madrid

1865 respuestas

4682 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

¿Cuándo se ha enterado usted que esa niña no es su hija? Desde el momento que usted tenga constancia de que no existe ese derecho, podrá reclamar a la madre, pero tenga en cuanta los plazos de prescripción para solicitar la devolución de las cantidades.

Pascual&Abogados Abogado en Madrid

234 respuestas

128 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Pedro, debe impugnar la paternidad con esas pruebas de ADN para evitar tener que seguir pagando la pensión, en cuanto a recuperar las pensiones pagadas es algo complicado porque tendría que demostrarse fehacientemente que la madre procedió de mala fe y habría que iniciar un procedimiento judicial largo. Quedo a su disposición, un cordial saludo.

Concepción Núñez Despacho Jurídico Abogado en Madrid

58 respuestas

32 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días Pedro,

Puede impugnar la paternidad por la vía judicial.

En cualquier caso es conveniente que se asesore con un Abogado de su confianza.

Quedo a su disposición,
Marina (Abogada de Madrid).

De Bem Abogados Abogado en Madrid

176 respuestas

99 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Puede demandar vía judicial, necesitará asistencia letrada para el proceso.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

448 respuestas

616 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días,
Usted podrá interponer una demanda de impugnación de la paternidad. Tenga en cuenta que existe un plazo para la misma, que en este caso sería un año desde que usted realizó la prueba de paternidad.
Un saludo.

Dolores Otero Rodríguez Abogado en Vigo

28 respuestas

7 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Pensión alimenticia

Ver más abogados especializados en Pensión alimenticia

Otras consultas sobre Pensión alimenticia

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas