Ante mi futura maternidad, me han venido dudas/preguntas con respecto a la protección que pueda tener mi hijo en relación a la situación económica de mi pareja (su padre).
Detallo a continuación mi caso:
Mi pareja está divorciada y pasa la manutención a 2 hijos (ya mayores de edad pero no económicamente independientes). A día de hoy, su casa aún sigue a nombre de él y de su ex mujer (tal y como está el mercado inmobiliario es difícil vender) con la única diferencia que él paga íntegramente la hipoteca porque ella no ha trabajado nunca, ni antes ni después del divorcio.
Como estamos un poco asfixiados por los gastos, tenemos previsto ir a vivir a esa casa (hasta ahora él pagaba la hipoteca y yo el alquiler del piso dónde vivíamos). Tanto la propiedad como la hipoteca quedará tal cual, es decir, él y su ex mujer son los titulares.
Mi pareja y yo no estamos ni casados ni somos pareja de hecho.
Mi pregunta es... si a él le pasase algo y yo estoy viviendo en esa casa ¿Qué pasaría con mi hijo menor? ¿Nos tendríamos que ir?
Si él hiciese el cambio de nombre de la propiedad, es decir, todo a su nombre dando la parte correspondiente a su ex mujer, ¿mi hijo se podría quedar (nos podríamos quedar) en esa casa si a él le pasa algo, aunque la hipoteca siga a nombre de su ex mujer?
¿Cómo quedaría la herencia de esa casa si nos casamos estando la propiedad a su nombre pero la hipoteca a nombre de su ex mujer y de él? Y si nos separamos ¿puedo quedarme en esa casa teniendo un hijo menor? ¿O me puede quitar la custodia argumentando que tiene un sitio "fijo" para vivir con su hijo?
Gracias por las aclaraciones, la verdad que con el embarazo me han entrado un poco de miedo de que mi hijo pueda quedar desprotegido. Si a él le pasa algo ¿mi hijo cobrará orfandad?
Vivimos en Cataluña.
Saludos
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Gracias por las respuestas.
Referente al punto 1º, ¿qué pasaría con sus 2 hijos? Porque si mi hijo (y/o yo) nos convertimos en coopropietarios, ¿sus hijos pueden reclamar también la propiedad (a través de herencia)?
Gracias nuevamente
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Son muchas sus dudas y lo aconsejable, para dar un asesoramiento jurídico adecuado, es disponer de información privada que es mejor que dé en reunión personal en despacho. De este modo, poder asesorarle debidamente sobre qué formulas tiene para proteger mejor los intereses de su hijo. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición. V.Vivancos-Abogados. Barcelona.
Respecto a tu duda sobre el 1er punto, creo haber entendido que tú no eres propietaria, sino su ex-mujer. Por tanto tú no tendrías derecho sobre la finca. Vuestro hijo común sí, y mientras sea menor y viva en la finca, sus otros hijos -que podrían llegar a ser copropietarios por herencia- no tendrían acceso a la misma. Pueden ser propietarios, pero ello no les confiere el derecho a vivir ahí automáticamente.
Atte.,
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Hola,
1º) Si tu pareja falleciera, deberías tramitar la aceptación de la herencia a tu favor y/o al de vuestro hijo, convirtiéndoos en copropietarios y, por tanto, teniendo pleno derecho a residir allí. Si tu pareja quedase incapacitado, no ocurriría nada puesto que él es copropietario.
2º) Si os separaseis y te quedases con la custodia del menor, tendrías muchas probabilidades de que a ti y al niño os atribuyesen el derecho de uso del piso, con independencia de quienes sean los propietarios. El piso no afecta a la hora de atribuir la custodia a alguien, salvo, claro, que el otro progenitor no disponga de un hogar en el que vivir.
(por supuesto, habrá que estar al corriente en el pago de la cuota hipotecaria)
Esperando haber ahuyentado (un poco) tus miedos, recibe un cordial saludo.