Proceso de modificacion de medidas

Realizada por Patricia. 2 jul 2015

Estoy por presentar una modificación de medidas a mi ex pareja, tengo la custodia hace 4 años, rehíce mi vida hace 4 años también y por motivos laborales tengo que cambiar de ciudad.

Mi ex pareja me ha estado " mareando " hace meses diciéndome que lo haríamos de mutuo acuerdo y a último momento me manda un burofax diciendo que se opone.

Ahora tengo un mes para irme y no sé si el proceso de las modificaciones tardará más.

¿Hay alguna manera de acelerar los trámites de demanda?

¿Me puedo ir con la hija en común que tenemos aunque él se oponga?

¿Tengo que quedarme esperando a que se solucione la modificación de medidas?

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Buenos días Patricia,

Lo primero que le aconsejamos es que no cambie de ciudad sin antes regularizar la situación legal, esto podría traerle más problemas a futuro.

Podemos encargarnos de brindarte un asesoramiento personalizado.

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Un saludo,

Anónimo-226992 Abogado en Madrid

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CUALQUIER CAMBIO DE DOMICILIO AFECTARÁ A ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA VIDA DEL MENOR, ya que puede comportar un cambio de escuela, de entorno social, a sus relaciones con uno de los progenitores o incluso de idioma y costumbres. Estos cambios entran dentro de la esfera del ejercicio de la patria potestad y por ello deben ser consensuados.

Una decisión de cambio de domicilio del progenitor custodio no puede ser NUNCA unilateral ya que afecta de forma manifiesta al ejercicio de la patria potestad de ambos y normalmente supondrá una quiebra del status que se ha fijado por un convenio o por una resolución judicial en la que se han fijados unas medidas de régimen de custodia y visitas afectantes a los menores.

Un cambio unilateral de domicilio vulnera los derechos del otro progenitor y del propio menor en orden al mantenimiento de una relación fluida y frecuente con aquel otro progenitor, y tales contactos son un factor de decisiva importancia para el desarrollo emocional del menor. Un cambio de domicilio afecta a la vida del menor y a sus relaciones con el progenitor que no pretende el cambio.

Un cambio de residencia, además, puede necesitar un cambio de escuela, y como ya he referido más arriba, la elección de centro escolar es también una decisión CONJUNTA

Erróneamente se cree que el “progenitor custodio” tiene una potestad sobre el menor de mayor grado que el no custodio, cuando AMBOS tienen el mismo valor para el menor, están al mismo nivel y tienen los mismos derecho y deberes y facultades en relación al menor. Permitir un cambio de residencia unilateral supondría privar de facto a uno de los progenitores del derecho a decidir sobre el menor y se impondría una situación de hecho que alteraría su sistema de visitas y la forma de relación con los hijos menores. Además, como el régimen de visitas y el domicilio del menor vienen determinados por una resolución judicial o convenio, un cambio unilateral supondría poner al otro progenitor en una situación de imposibilitarle relacionarse con sus hijos y, con ello, un incumplimiento de las medidas acordadas.

Se nos puede plantear aquí el derecho a la libre circulación y establecimiento de domicilio que tiene cada uno de los progenitores, que no se niega, pero el traslado de menores bajo custodia no es algo que admita decisiones unilaterales o automáticas, y en caso de discrepancia deberá acudirse al Juez , puesto que además, puede ser necesario establecer un nuevo sistema de visitas y en general unas nuevas medidas en relación a los hijos.

Por ello, la intención o traslado del menor puede suponer el cambio de custodia si en el procedimiento correspondiente se acreditara que dicho traslado puede ser perjudicial para el menor.
Generalmente, lo que suele ocurrir en tales casos, es que si no existe conformidad en el cambio de domicilio la cuestión tenga que dilucidarse en el juzgado, en donde por lo general se acude solicitando una modificación de medidas por entender que el cambio de domicilio a otro municipio supone un cambio sustancial respecto de las circunstancias que fueron tenidas en cuenta en el momento de dictarse la sentencia. En dicho procedimiento se requiere preceptivamente la asistencia de abogado y procurador se podrá discutir la custodia compartida, un cambio de custodia si así lo planteara usted o un cambio en el régimen de visitas que hasta ahora tenía en el caso de que la distancia entra ambas poblaciones impida llevar a cabo el vigente hasta el momento.

Mi consejo es que solicite cuanto antes la modificación de medidas, normalmente suele resolverse con cierta rapidez.

Mª Lourdes Nistal
cofunder “Lei Nova Avogados"

Anónimo-251142 Abogado en Santiago de Compostela

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Buenas Tardes Patricia, le informamos que el proceso de modificación de medidas desde que se insta hasta que se acuerde vista puede tardar 6 meses, pero se pueden pedir medidas cautelares ya que depende de la carga de trabajo del Juzgado. Si desea que valoremos su caso con detalle y le representemos, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!!!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Por evitar problemas futuros, no debería irse si ello conllevaría un incumplimiento de lo establecido en el convenio vigente, inste usted unas modificaciones de medidas solicitando medidas provisionales, de esta manera dichas medidas provisionales se podrán acordar hasta que finalice el procedimiento de modificación de medidas.
Si desea instar dicho procedimiento debería adelantarse a él. Si lo desea no dude en ponerse en contacto con nosotros, trabajamos en todo el territorio nacional. Saludos

Anónimo-228174 Abogado en Las Palmas de Gran Canaria

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Buenos días

Para poder darle una respuesta necesitaria ver la sentencia, en qué términos está redactada (sin compromiso alguno, claro), y el burofax que le han enviado. Si se lleva a los menores sí que le pueden poner una denuncia por sustracción por lo que le recomiendo que solicite al menos medidas cautelares al Juzgado. Como es sabido, muy rápido no van pero al menos tiene solicitada la medida lo que puede luego hacer valer frente a su ex. Quedo a su disposición para cualquier aclaración que precise.

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Serrano y Sobrinos Abogados Abogado en Madrid

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