Problema medianera

Realizada por Aida F.. 23 ago 2016 Administración de fincas

Para poder arreglar mi pared de planta alta, debo ingresar por el pasillo de la propiedad colindante, el propietario no lo permite. Por lo que se están produciendo humedades en el interior de mi vivienda. ¿Cómo debo proceder? Ya que es imposible dialogar.

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El art. 9 de la Ley de Propiedad horizontal previene la obligación de permitir las servidumbres imprescindibles para la realización de obras, como permitir la entrada en un piso o local. Si lo desea póngase en contacto con nosotros y estudiaremos detenidamente su caso.

Manuel Ortiz de Landazuri Solans Abogado en Zaragoza

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Buenos Dias Aida, le informamos que debe usted requerir a este vecino colindante sobre esta situación para que le permita hacer la obra, en caso contrario deberá instar demanda judicial por la via civil. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Hola Aida .La Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas, publicada en el BOE el 27/06/2013, introduce importantes modificaciones en la Ley de la Propiedad Horizontal vigente, concretamente en los artículos 2, 3, 9, 10 y 17, y en la Disposición Adicional, derogándose los artículos 8, 11 y 12.

El art. 9 LPH establece:
Entiendo que no hay una comunidad de propietarios y que son dos fincas independientes y, por tanto, no puede acudir a la Junta para solicitar ayuda.

Lo que sí es cierto es que "las palabras vuelan y los escritos permanecen"... Ud. debería enviar un burofax certificado a ese propietario colindante, para probar su buena fe y la paralela actitud no colaborativa o de buena vecindad de su vecino. Si no reacciona ante esto, habrá de solicitar una conciliación judicial o directa demanda para que sea un juez quien se lo imponga y le condene en costas por los gastos que le ha obligado a realizar (abogado y procurador de libre designación; aunque consulte además si tiene Ud. derecho al beneficio de la justicia gratuita), así como que le obligue a indemnizarle los daños y perjuicios padecidos por su mal comportamiento. Suerte y un saludo.

Consultoría Y Defensa Legal Ana Llarena López Abogado en Candelaria

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