Préstamo personal en juzgado

Realizada por jose. 15 ene 2017 Abogados reclamaciones

Hola buenos días os comento, saqué un préstamo para mi ex pareja y se acabó la relación. El año pasado me embargaron una gran cantidad de dinero, fui al banco porque yo desconocía la situación del impago ya que la correspondencia llegaba a su domicilio. El banco me comenta que ellos no llevan esa deuda, sino una empresa de recobro, pero me comentan que seguramente esté la deuda saldada. Les pido un justificante y me comentan que me lo enviarán a casa cuando se le notifique el saldo de la deuda. A los meses se me hace un embargo de nuevo, vuelvo a ir y la misma cantinela, pero consigo que se me facilite el teléfono de dicha empresa.

El 12 de agosto consigo hablar con la abogada de la empresa de recobro, me comenta que al ser agosto era difícil solucionar cosas ya que le digo que quiero solucionar esto lo antes posible. Llega septiembre y después de llamarla casi a diario consigo el 9 de septiembre que me dé números cerrados de lo que se debe y tras darme cifras me propone dos formas de pago: en el juzgado o la quita que le va a proponer al banco, le digo el dinero que puedo pagar y me asegura que lo propondrá al banco, a todo esto se me embarga la nómina, bueno pues desde el 9 de septiembre a hoy, estoy cansado de llamarla y de ir al banco y se pasan la pelota unos a los otros y ya se me ha embargado unos 2500 euros más de la nómina, por lo que la llamo poniéndome muy serio y me llega a decir que si tengo prisa que la puerta del juzgado está abierta para cuando quiera.

La cuestión que he ido al juzgado para pedir movimientos de la cuenta y ya la totalidad de la deuda está pagada y sobra dinero, pero faltan intereses más costas judiciales y ni la abogada ni el banco me dicen ni dan soluciones.

¿Qué puedo hacer? ¿Por qué no tengo derecho a que se me ofrezca esa quita de dinero? ¿Por qué tengo que estar metido en lista del ASNEF cuando estoy interesado ya casi más de 6 meses en solucionar esto? ¿Por qué tengo que tener la nómina embargada? Claro, como tienen de dónde coger no les preocupa, me gustaría que alguien me pudiese decir algo, un saludo y muchas gracias.

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Como bien ten han comentado, tiene que existir una orden de embargo dictada por un juez de primera instancia de los juzgados correspondientes a tu domicilio que haya decretado los embargos.
Acércate al Decanato de los juzgados. Pide consultar los procedimientos que puedan existir abiertos contra tí, y te dirán en qué juzgado concreto está el asunto.
Aunque es preceptivo abogado y procurador, no creo que te pongan ningún problema en darte toda la información que necesitas.
Si lo que quieres a continuación es presentar algún tipo de reclamación u oposición, acude a un abogado.
Sin un abogado que sea el que lleve las negociaciones, te va a ser muy dificil llegar a ningún acuerdo con el banco, pero un abogado especialista sí.
Un saludo y suerte.
Félix Campillo
FILEX-Abogados

FILEX Abogados - Expertos internacionales en leyes. Abogado en Almería

93 respuestas

114 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenas Tardes Jose, le informamos que la mejor forma de solucionar su caso sería negociar en el Juzgado sobre este procedimiento de Ejecución que le hayan instado contra usted y para ello necesita de abogado y procurador. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia y Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

5488 respuestas

2184 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Buenos días.
En primer lugar, decirle que ni el banco, ni la empresa de recobros pueden embargarle, debe ser por orden judicial, a través de un procedimiento de ejecución. Por tanto, como bien reconoce, estando en el juzgado el procedimiento abierto, para poder embargarle ha sido necesario que le notificaran la demanda de ejecución para conceder plazo por si quiere oponerse (por los motivos que dice la ley) o incluso por entender que existen cláusulas abusivas, como intereses. Pasado el plazo sin que se haya opuesto, el procedimiento continúa hasta la total liquidación de la deuda, más intereses, más costas y gastos.
Creo que lo conveniente es que acuda a un despacho profesional, donde el abogado se persone en el procedimiento y defienda sus intereses, ya que para preguntar, puede ir Vd. mismo, pero para solicitar cualquier cosa, debe ser con abogado y procurador. Esto le sirve para que el abogado solicite calcule si ya es suficiente y solicite la tasación de costas, calculando que el banco so se exceda y en su caso las impugne.
Yo no negociaría con el banco, lo dejaría en manos de su abogado. Por la experiencia que tengo con los bancos, la mejor solución pasa por el juzgado y nunca por los bancos, ya que cuando se ingresa dinero lo aplican a lo que quieren (otros intereses, otros gastos...), mientras si se ingresa en la cuenta de consignaciones del juzgado, solo se aplica a la deuda.
En cuanto a las preguntas que hace:
En relación a la quita, tenga en cuenta que el banco es el acreedor y debe cobrar todo lo que le deba, para que se realice la quita será el banco quién le ponga las condiciones; por ejemplo: que pague la cantidad que se acuerde en un plazo determinado, etc. De lo contrario el banco no le facilitará la quita.
El ASNEF es un listado en que figuran sus datos cuando el banco lo ha indicado y solo puede salir de ahí cuando el mismo banco notifica que ya ha cobrado, o Vd. mismo lo acredita. Es decir, desaparecerá cuando acredita que no existe deuda.
La nómina la tiene embargada por orden judicial, hasta que se haya liquidado la deuda, con las costas y gastos, más intereses; pero para Vd. va a ser complicado calcularlos, además de que debe solicitarlo al juzgado y que se acredite.

Un saludo.

Francisco Javier Ortega Moreno Abogado en Bailén

82 respuestas

37 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimado consultante:
Lo que no termino de entender es que Ud. parece no estar personado en forma con procurador y abogado que le asistan en el procedimiento judicial. Si lo estuviera, podría presentar escritos, haciendo sus solicitudes sin tener que estar llamando ni al banco ni a abogados. Por otra parte, las quitas son algo que voluntariamente ofrece el acreedor por una pronta liquidación de la deuda, no hay ninguna obligación legal que de que lo haga.
Ud. está en una lista del ASNEF, por muy injusto que le parezca, porque al terminar su relación con su ex, Ud. tendría que haberle dado una solución al asunto del préstamo, al menos acudir al banco para que la correspondencia se le enviara a Ud.
Finalmente, por mucho que la deuda principal esté saldada, si hay intereses y costas pendientes, los embargos van a continuar hasta que TODO esté saldado.
Lo mejor que puede hacer es contratar un abogado de la plaza donde esté el juzgado para que le defienda o al menos informe de qué puede hacerse en su caso concreto.
Un saludo.

Lex Situs Abogado en Algeciras

1272 respuestas

1917 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Abogados reclamaciones

Ver más abogados especializados en Abogados reclamaciones

Otras consultas sobre Abogados reclamaciones

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas