Tuve un juicio de divorcio que finalizó el 21 de julio del 2009, habiendo pagado todos los honorarios que me pidió el abogado. El 10 de octubre del 2014 el procurador me pasó una factura que según él no le he abonado.
Me gustaría saber si ha prescrito
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 2 personas
Buenos días,
El plazo de prescripción para pagar al procurador es de tres años, aunque según la Comunidad Autónoma donde resida puede variar. Este plazo empieza a contar desde que finalizó la prestación del servicio, pero es importante que sepa que este plazo de prescripción se puede interrumpir por reclamación extrajudicial del acreedor.
Buenos Dias, le informamos que si no han pasado 3 años desde que se le reclama y le ha jurado la cuenta de sus suplidos, y ademas le ha requerido de forma fehaciente, carta, burofax, email, etc, entonces se interrumpe la prescripción. Suerte!!!
El plazo prescribe a los tres años desde que finaliza el proceso, con la firmeza de la sentencia. Es posible que le hayan reclamado el pago extrajudicialmente hecho que interrumpe la prescripcion
La deuda que nos describe prescribe a los tres años a contar desde la prestación del servicio en cuestión. Este plazo se puede ver interrumpido si el acreedor interpone demanda judicial para reclamar las cantidades debidas. Quedamos a su disposición.